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EL CORREO
Martes, 14 de abril 2020, 15:59
El Gobierno vasco ha aprobado conceder 3 millones de euros en total, 3.000 euros por persona beneficiaria, en ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas cuyas actividades han quedado suspendidas a consecuencia del estado de alarma decretado con motivo de la crisis del coronavirus.
Podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos:
a) Cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar
b) Arrendamiento de locales de negocio siempre y cuando no sean parte de la vivienda de la persona solicitante o espacio compartido con otra empresa y no exista relación de parentesco hasta 2º grado de consanguinidad afinidad con la persona arrendadora del local ni sea socio/a o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/a.Asimismo, se excluyen los espacios de coworking.
Los gastos subvencionables a los que se refiera la letra a) serán los correspondientes a los dos meses siguientes al que finalice el estado de alarma.
Los gastos subvencionables a los que se refiere la letra b) serán los correspondientes al periodo comprendido entre el mes de marzo de 2020 (incluido) y los dos meses siguientes a aquel en el que finalice dicho estado de alarma.
En ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
Las solicitudes de las ayudas se resolverán según el orden de presentación hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria En el caso de que se produzca el agotamiento de la dotación presupuestaria, se denegarán las solicitudes pendientes y se dará publicidad de dicha circunstancia en la web de Lanbide y en el Boletín Oficial del País Vasco mediante resolución del Director General de Lanbide.
Estos son los requisitos que los autónomos deberán cumplir en Euskadi para solicitar estas ayudas.
1. Tener el empadronamiento y la residencia efectiva en la CAPV.
2. Tener el domicilio social y fiscal y actividad empresarial en Euskadi y radicar en la misma el centro de trabajo
3. Ser arrendatario/a de un local de negocio siempre que no esa parte de una vivienda de la persona solicitante o espacio compartido con otra empresa y no exista relación de parentesco hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad con el/la arrendador/a del local ni sea socio/a o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/a.
4. Dedicarse en exclusiva a la actividad que ha quedado suspendida.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
1. Resolución de concesión de la prestación extraordinaria por cese de actividad para las personas afectadas por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
2. Contrato de arrendamiento de local de negocio.
3. Documento acreditativo de la constitución de la Comunidad de Bienes o Sociedad Civil, en su caso.
Las ayudas podrán solicitarse desde el día 16 de abril de 2020.
Las solicitudes deberán presentarse mediante el modelo oficial a través de la sede electrónica a la que se accederá desde http://www.euskadi.eus y se dispondrá de un enlace de acceso a la misma en la página web de Lanbide (www.lanbide.euskadi.eus).
Las solicitudes serán estudiadas por orden de presentación y serán aprobadas en el mismo orden todas aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria, hasta el agotamiento de los fondos.
La normativa de esta ayuda se publica en el Boletín Oficial del País Vasco el día 15 de abril de 2020. Las solicitudes se presentarán a partir del día 16 de abril de 2020.
La cuantía de la ayuda será de 3.000 euros por persona beneficiaria.
En el supuesto de socios o socias integrantes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, en ningún caso la subvención superará la cantidad de 3.000 euros para el conjunto de los socios o socias. La subvención por socio o socia será el resultado de aplicar el porcentaje de participación de cada una de las personas solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria a los 3.000 euros
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