Hasta 500 euros de multa por fumar en la playa de Zarautz
Una nueva ordenanza, cuya entrada en vigor se prevé para finales de agosto, también incluye sanciones por escuchar música con altavoces
Claudia Turiel
Viernes, 18 de julio 2025, 00:15
Encenderse un cigarrillo en la playa de Zarautz será sancionable y la factura podría alcanzar los 500 euros. Así, el municipio costero se convierte en ... el primero de Euskadi en prohibir el tabaco en su arenal. También se multará a quienes escuchen música con altavoces o cocinen alimentos con hornillos o campings de gas en la arena. Por su parte, las infracciones que sean consideradas graves o muy graves, entre las que se incluye la acumulación de faltas leves, se castigarán con una multa de hasta 3.000 euros. La ordenanza, ya aprobada por unanimidad, se encuentra en periodo de alegaciones, lo que significa que a finales de agosto Zarautz podría comenzar a multar a los fumadores que den alguna calada en la playa o preparen comida con hornillos en la arena.
La ordenanza contempla 32 situaciones que serán consideradas infracciones leves. En esta categoría entraría el fumar en la playa; colocar tiendas de campaña o similares; arrojar o depositar residuos solidos, escombros, así como envases, basuras y desperdicios fuera de las papeleras; cocinar alimentos que exijan para su preparación la utilización de fuego en sus diferentes modalidades (hornillos, campings de gas, etc.) o alterar o matar a los animales vivos que se encuentran en las rocas de la orilla del mar; entre otros.
Practicar ciertas actividades deportivas en la orilla también será motivo de multa. Es el caso de aquellas que precisen vehículos a motor (coches, motos, quads...); lanzamientos de barra, jabalinas o discos; las que requieran el uso de cuerdas, anclajes o cualquier otro tipo de amarres, así como cualquier deporte, incluido el fútbol, la pelota o la pala, en el caso de que haya marea alta.Una acumulación de tres faltas leves podría suponer una grave, lo que haría que la cifra a pagar ascienda hasta los 1.500 euros. Verter aguas residuales sin depurar o cualquier otro tipo de sustancias, residuos o materias; así como practicar cualquier deporte acuático con elementos de tracción mecánica o eólica a menos de 200 metros de la línea de marea, también se consideran infracciones graves.
Las consideradas muy graves incluyen cometer tres infracciones graves en un año u otros incumplimientos no contemplados en la ordenanza que generen riesgos o daños muy graves a las personas, a los bienes o al medio ambiente. En este caso, los infractores se afrontarían a multas de hasta 3.000 euros.
Más allá de la recomendación
Inaxio Illarramendi, concejal de Deportes, Medioambiente y Bienestar Animal del Ayuntamiento de Zarautz, explicó ayer que la nueva norma a aplicar viene respaldada por el deseo de proteger el medio ambiente y evitar que «las colillas de los fumadores acaben en la arena» así como de respetar al resto de cuidadanos que acudan al arenal zarauztarra a darse un chapuzón.
Y es que hasta ahora, lejos de haber una ley que prohibiera esta práctica en las playas guipuzcoanas, sí que existían campañas contra el humo en la arena y carteles en la entrada a los arenales recomendando no fumar en estos espacios. Zarautz se convierte así en el primer municipio vasco en hacer de esta advertencia, una ley. Eso sí, «hasta el día 6 de agosto se mantiene abierto el periodo de alegaciones, y en el caso de que hubiera alguna, se alargaría el proceso», avisa Illarramendi, haciendo inviable que se entrara en vigor en lo que resta de verano. Si este fuera el caso, «se volvería a aprobar la ordenanza y sería aplicable para la siguiente temporada, en 2026».
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