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Las operaciones de Bizum estarán más controladas a partir del año que viene. Así, desde enero de 2026 Hacienda pondrá el foco en los pagos que se realicen a través de este sistema por parte de autónomos y empresas. Todo un cambio en la legislación actual, que suprime el umbral mínimo que obligaba a las entidades financieras a informar únicamente de las transferencias superiores a 10.000 euros.
Con este cambio, Hacienda redobla su control fiscal en este tipo de pagos, poniendo especial atención en el uso del Bizum. Pondrá el foco en los comercios, hostelería y otros servicios, como los que llevan a cabo diferentes autónomos. De esta forma, Hacienda quiere prevenir las prácticas fraudulentas y que todas las transacciones económicas estén declaradas.
Según dicta el Real Decreto 253/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se suprime la actual normativa, en la que los bancos solo deben comunicar a la Administración una vez al año los cobros que empresarios y autónomos reciben a través de tarjetas de crédito cuando son superiores a 3.000 euros. Con esta modificaciones se elimina ese límite y se incluyen los pagos por Bizum.
El Real Decreto establece que las entidades financieras deberán remitir un informe mensual detallado sobre este tipo de operaciones, incluyendo datos como la identidad del receptor, el número de comercio, los terminales de pago utilizados, los importes totales y las cuentas bancarias implicadas.
Asimismo, se contemplan diferentes sanciones en caso de que se detecten infracciones a la hora de hacer los pagos. Se contemplan multas que entre los 600 euros y el 50% de la cantidad recibida a través de los Bizum.
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