El BOE lo hace oficial y aclara cuándo se puede reclamar a la comunidad los gastos por goteras
La Ley de Propiedad Horizontal arroja luz a esta cuestión que genera grandes dudas entre vecinos
G. C.
Sábado, 6 de septiembre 2025, 19:39
Es uno de los desperfectos más frecuentes en las casas y solucionarlo es todo un quebradero de cabeza. Las malditas goteras. Es de lo más habitual en comunidades de vecinos, tanto en los casos de filtraciones de las fachadas como cuando se refiere a tuberías comunitarias o privativas. Es un problema que incluso puede afectar a varios pisos simultáneamente.
Lo más complicado es detectar la fuga y dilucidar quién es el que debe pagar los gastos: si alguno de los propietarios o la comunidad de vecinos. Ahí suelen entrar en juegos los seguros. Y a veces es un proceso que se ralentiza considerablemente. Pues bien, ahora la respuesta quizás es más sencilla gracias a la Ley de Propiedad Horizontal, publicada en el Boletín Oficial del Estado mediante la Ley 49/1960, de 21 de julio.
Dicha normativa recoge en el artículo 10 la obligatoriedad, sin necesidad de acuerdo previo de la Junta de propietarios, de realizar «los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes». Por tanto, se desprende que los gastos por arreglar una gotera deben ser reclamados a la comunidad de vecinos en el caso de los espacios comunes. Eso sí, a excepción de aquellas tuberías privativas. En esos casos, se hará cargo el seguro de hogar del vecino.
@administradordefincas ¿Filtraciones que vienen de la terraza? #parati #humedad #filtraciones #terraza ♬ sonido original - Alex Nasu
Además, en dicho apartado se añade la necesidad de realizar las intervenciones «necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación». El administrador de fincas Alex Nasu ahonda sobre ello en su canal de TikTok: «Hay que distinguir entre lo que es el uso privativo de una terraza y a quién pertenece la titularidad de los elementos que la conforman, es decir, a quién le pertenecen los elementos que forman la terraza».
«Cuando las filtraciones se producen por el deterioro de elementos estructurales, como pueden ser la impermeabilización que hay debajo del solado o el forjado, estamos ante elementos comunes por naturaleza y la reparación es responsabilidad de la comunidad, independientemente de que el acceso sea exclusivo de un propietario», pone como ejemplo. Hay que tener en cuenta que existen algunas excepciones dependiendo de lo especificado en los estatutos de la comunidad.