Euskadi impulsará la colocación de placas solares flotantes en los embalses vizcaínos
La normativa ya permite instalarlos en las grandes masas del Zadorra y URA exigirá más controles para colocarlos en las cuencas internas
Las plantas fotovoltaicas flotantes se abren paso por todo el mundo. La capacidad instalada crece cada año de forma exponencial, según la Agencia Internacional de ... Energías Renovables. Y su despliegue también ha arrancado en España, el país de la Unión Europea con una de las mejores radiaciones solares y más pantanos, embalses, presas y balsas, muchos de ellos para la producción de energía hidroeléctrica o regadío. Los paneles flotantes producen más electricidad que los terrestres gracias a los efectos del enfriamiento del agua y mejoran la protección de las masas, reduciendo la evaporación del agua, algo muy útil en sequía, y las floraciones de algas, según el Ministerio para Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que cree que permitirán aumentar la capacidad de generación eléctrica renovable.
Noticia relacionada
«Existen balsas de riego e industriales, pozos mineros y embalses propicios»
La Ley de Aguas aprobada en 2022 abrió la vía a su colocación en los embalses y en julio de 2024, otro Real Decreto reguló los requisitos para la concesión de permisos en las cuencas hidrográficas gestionadas por la Administración General del Estado, entre las que está la del Ebro, que tutela los grandes embalses vascos del Zadorra.
Se permite desde entonces colocarlos en entre un 5% y un 15% de la superficie de la lámina de agua en función de la eutrofización del embalse en cuestión. Es decir, de la contaminación del agua por exceso de nutrientes. Nunca se podrán colocar en masas que no se consideren muy modificadas o artificiales, y en aquellas afectadas por figuras de protección ambiental. Aun así, faltaba regular las condiciones en las que pueden instalarse en los lagos y pantanos gestionados por comunidades autónomas y por lo tanto en las cuencas que competen a URA, la Agencia Vasca del Agua, que asume la labor de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico en Euskadi. Ahora el Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad del Gobierno vasco ultima un decreto para regular la instalación en las cuencas internas de Bizkaia y Gipuzkoa: del Barbadun, Butrón, Oka, Lea, Artibai, Deba, Urola y Oiartzun y pequeños afluentes del Nervión, Oria, Urumea y Bidasoa. Su aprobación definitiva será el año que viene.
La cifra
-
5% Será la superficie total de la lámina de agua que podrán ocupar los paneles en embalses de cuencas internas de Bizkaia y Gipuzkoa. En Álava la superficie podría llegar al 15% en función de la calidad de las aguas del embalse.
-
Un máximo de 25 años Las instalaciones de fotovoltaica flotante en el dominio público hidráulico se otorgarán mediante concesiones de hasta 25 años a través de un procedimiento que podrá iniciarse a instancia de parte.
-
Los ayuntamientos tendrán preferencia En el caso de los embalses de titularidad pública destinados al abastecimiento de poblaciones, se admitirán preferentemente aquellas solicitudes presentadas por ayuntamientos, consorcios o mancomunidades, según el borrador del decreto.
La tecnología avanza rápidamente y aunque los pequeños embalses del norte pueden no resultar los emplazamientos más rentables de inicio, tienen posibilidad de albergarlos, por lo que se imponía elaborar la regulación. Y es que las plantas podrán ser también de autoconsumo. Aún así, la normativa vasca exigirá «cautelas» adicionales para garantizar la calidad de las aguas y la calidad del paisaje.
Las instalaciones fotovoltaicas flotantes podrán instalarse en masas modificadas o artificiales, y si están en zonas protegidas, con pronunciamiento favorable del órgano gestor del espacio, a quien URA, la Agencia Vasca del Agua -quien tramitará las solicitudes- pedirá informe. Aunque el decreto vasco también prevé que puedan ocupar un 15% de la lámina de agua en embalses en riesgo de eutrifización y un 5% en embalses no eutróficos, su ocupación se reducirá, en la práctica, a un 5% para garantizar el cumplimiento de los objetivos medioambientales e impedir la propagación de especies invasoras.
Según explican fuentes de esta agencia, las instalaciones estarán sujetas a evaluación de impacto ambiental, y requerirán una concesión que no podrá ser superior a los 25 años, como en la legislación estatal. URA pedirá, además, un estudio del efecto que pudiera tener la planta flotante sobre los objetivos ambientales, un anteproyecto y un plan específico de explotación, mantenimiento y limpieza, una propuesta de programa de seguimiento de la calidad y estado de las aguas que incluya las fases de instalación, arranque, explotación y desmontaje.
También analíticas específicas relacionadas con los materiales de la instalación y su mantenimiento, entre ellas de microplásticos, así como la vigilancia del mejillón cebra, la almeja asiática y otras especies invasoras.
Luz natural
Se da la circunstancia de que aquí, en las cuencas internas de Bizkaia y Gipuzkoa, la mayor parte de los embalses están destinados al abastecimiento de agua potable. Así que la Agencia Vasca del Agua solicitará también un informe a Salud Pública del Gobierno vasco, quien podría considerar necesario establecer controles adicionales a la instalación. Otra de las cuestiones en las que han hecho hincapié los expertos medioambientales a la hora de redactar el decreto es en la obligación de garantizar un determinado ratio de entrada de luz natural en la masa de agua para garantizar su calidad.
Las concesión para instalaciones de fotovoltaica flotantes en el dominio público hidráulico se otorgarán hasta 25 años, como se ha dicho, a través de un procedimiento que podrá iniciarse a instancia de parte. Y en concurrencia competitiva. Es decir, si hay dos proyectos en liza ganará el que redunde en una mejor protección de las masas de agua. En el caso de los embalses de titularidad pública destinados al abastecimiento de poblaciones, se admitirán preferentemente las peticiones de ayuntamientos, consorcios o mancomunidades, según el borrador del decreto, no de empresas privadas.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión