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¿Tengo derecho a indemnización si han cancelado mi vuelo por el apagón?

¿Tengo derecho a indemnización si han cancelado mi vuelo por el apagón?

La caída de la corriente eléctrica ha afectado a los aeropuertos menos de lo esperado, pero muchos pasajeros han sufrido cancelaciones

Martes, 29 de abril 2025, 10:51

El histórico apagón eléctrico provocó que, de los 6.000 vuelos programados en los aeropuertos españoles este lunes, cerca de 300 fuesen cancelados. El tráfico aéreo sufrió menos de lo esperado debido a los grupos electrógenos que garantizaron el suministro de energía en los aeródromos. En Loiu, por ejemplo, en todo el día se registraron 11 anulaciones, pero no directamente por el apagón, sino por los problemas que sufrieron las aerolíneas, principalmente con sus tripulaciones.

Aunque la afectación no haya sido a gran escala, para los pasajeros que han sufrido la cancelación de un vuelo supone un gran trastorno. Sin embargo, poco se puede hacer. ¿Qué ocurre si me cancelan un vuelo debido a un apagón eléctrico? AirHelp, la compañía experta en derechos de los pasajeros, ha recordado que si se superan las tres horas de retraso o se cancela el vuelo, el usuario afectado no tendrá derecho a una indemnización económica.

A diferencia de las averías técnicas, se considera que estas perturbaciones están fuera del control de la aerolínea y el aeropuerto. Es decir, se entienden como causas de fuerza mayor, al igual que un fenómeno atmosférico, por ejemplo. Al no ser responsabilidad de la compañía, el pasajero no percibirá una cantidad económica que compense la situación generada.

Lo que sí se puede hacer, informan desde Airhelp, es reclamar reubicación o la devolución del billete. «La aerolínea debe proporcionar un vuelo o transporte alternativo a destino. Si el pasajero decide no volar, la compañía aérea debe reembolsar el precio del billete».

Conservar las tarjetas de embarque

Asimismo, las compañías tienen obligación de cubrir algunas necesidades de los pasajeros durante la interrupción:

- Agua, comida y acceso a telecomuniciones a partir de las dos horas de retraso.

- Si el retraso, la cancelación o el cambio de vuelo obliga a pernoctar al pasajero, la aerolínea debe ofrecer una habitación de hotel y desplazamiento hasta el mismo, haciéndose cargo de los gastos.

Los pasajeros deben conservar todas las tarjetas de embarque y los recibos de comida, bebida y alojamiento para agilizar el proceso de reclamación.

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