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Los pensionistas que no cobrarán la paga extra de verano este 2022

Los perceptores de una pensión por incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional o accidente de trabajo recibirán esta gratificación prorrateada en sus mensualidades

jorge murcia

Domingo, 8 de mayo 2022, 01:09

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La ley establece que todos los trabajadores tienen derecho a cobrar dos pagas extraordinarias al año. Una se abonará en Navidad y la otra, según establece el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, «en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores». Normalmente suele ser en junio.

Este mismo derecho también asiste a los pensionistas, aunque con algunas diferencias. En primer lugar, la paga llamada de Navidad la cobran realmente en noviembre, mientra que la de los trabajadores se suele abonar entre los días 20 y 25 de diciembre.

Pero la que antes va a llegar al bolsillo de los pensionistas es la de verano. Eso sí, algunos de ellos no la cobrarán, como tampoco tendrán derecho a percibir la de noviembre. La legislación establece que las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se devengan por mensualidades naturales vencidas y se satisfacen en 14 pagas: una por cada uno de los meses del año y dos pagas extraordinarias que se abonan en los meses de junio y noviembre. Sin embargo, cuando las pensiones por incapacidad permanente derivan de accidente de trabajo y enfermedad profesional, «se satisfacen en 12 pagas, ya que las pagas extraordinarias están prorrateadas en las mensualidades ordinarias».

Por lo tanto, no es que este grupo de pensionistas cobren menos, sino que la prestación se reparte de una forma distinta al resto. Estos últimos percibirán la paga extraordinaria de verano a finales de junio. La fecha exacta depende de cada entidad bancaria. Normalmente coincide con el pago de la nómina ordinaria -el día 25 de junio-, aunque algunos bancos suelen adelantarlo al día 23 o 24.

La 'paguilla', también prorrateada

Los perceptores de una pensión por incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional o accidente de trabajo tampoco cobraron a principios de año la última 'paguilla' de la historia. Con este término se denomina a la paga extraordinaria que los pensionistas reciben en enero cuando el Índice de Precios al Consumo (IPC) del año anterior ha sido superior al inicialmente calculado por el Gobierno.

Al igual que con las pagas de verano y noviembre, estos pensionistas ven prorrateada la cuantía de esa gratificación en las 12 mensualidades que cobran a lo largo del año.

La 'paguilla' es una compensación por pérdida de poder adquisitivo, que no se volverá a abonar puesto que desde este año se cambia la fórmula de revalorización de las pensiones. El nuevo sistema ya no se basará en una estimación realizada antes de cada ejercicio, sino en la media del IPC en los doce meses anteriores a diciembre.

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