Ayudas del Gobierno para la pensión de jubilación de los transportistas
El Ejecutivo destina este año 9,54 millones de euros para subvencionar con 30.000 euros a transportistas de edad avanzada que abandonen su profesión
El Gobierno acaba de publicar la convocatoria de ayudas que, desde hace casi tres décadas, concede a los transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad. La partida presupuestaria que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana maneja para estas subvenciones asciende a 9,69 millones. De esta cantidad, 9,54 millones se repartirán entre los beneficiarios, y los 150.000 euros restantes se reservan para pagar «los potenciales recursos estimatorios interpuestos» contra la resolución del departamento que dirige José Luis Ábalos.
La edad mínima para acceder a las ayudas es de 64 años, sin límite superior. Sin embargo, podrán solicitarlas los transportistas menores de esa edad a los que se les reconozca una pensión por incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista.
La subvención es de 30.000 euros para los transportistas con un mínimo de 65 años que reúnan los requisitos necesarios. A los menores de esa edad se les concederán otros 5.300 euros por cada seis meses completos que les falten para cumplir los 65 años. El cómputo de los semestres completos se realizará a partir del 1 de junio del ejercicio en el que se otorgan las ayudas. Los beneficiarios a los que se haya declarado incapacidad permanente no percibirán cantidad alguna por este concepto, independientemente de su edad.
Requisitos
Los requisitos generales de acceso a las ayudas son, en primer lugar, aquellos que afectan a los solicitantes de cualquier tipo de subvención. Por ejemplo, no estar inhabilitado por sentencia para la obtención de ayudas públicas. O estar al corriente de las obligaciones tributarias.
De forma específica, el beneficiario debe ser titular, en el momento de la solicitud, de una autorización vigente de transporte público de mercancías o de viajeros en autobús con un mínimo de una copia y un máximo de tres. Además, tiene que haber estar dado de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social (RETA) durante los últimos diez años de forma ininterrumpida. Sólo se permite un paréntesis de actividad que no haya superado los tres meses. A los trabajadores con incapacidad permanente el plazo de diez años se computa desde que se les haya reconocido dicha condición.
Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes dura un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Es decir, desde el pasado 13 de marzo hasta el 12 de abril. Se realizará exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y deberá ir acompañada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
Una vez finalizado el plazo de presentación se iniciará el proceso de selección de los solicitantes, que deben cumplir con los requisitos fijados en las bases reguladoras. No obstante, la concesión de la ayuda estará supeditada a la existencia de «crédito presupuestario suficiente». En la convocatoria de 2020, que contó con un presupuesto similar, se beneficiaron menos de 350 transportistas.
Tendrán preferencia a la hora de recibir la ayuda los transportistas a los que se les haya declarado la incapacidad absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de su profesión habitual. En cuanto a los demás beneficiarios, se elaborará una relación por orden descendente de edad. De este modo las ayudas se concederán a los que ocupen los primeros lugares, hasta el límite aprobado en la convocatoria.
Publicación de la lista de benefiarios y reclamaciones
Se publicará un listado de beneficiarios propuestos, con un plazo de diez días para presentar alegaciones. Una vez transcurrido ese plazo se comunicará la resolución definitiva de los transportistas acreedores de la ayuda. La información estará disponible en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.
Tras esta publicación se pedirá a cada beneficiario que presente una serie de documentos preceptivos (baja de la autorización de transporte, del permiso de conducir, etc.). Una vez validados, se iniciará el trámite del pago.