Un juez declara accidente laboral la caída de un teletrabajador en un descanso
El tribunal de Cantabria reivindica que la respuesta debe ser idéntica a la de un trabajador que estuviera en su empresa, un caso con el que «no habría duda alguna»
Sergio Llamas
Lunes, 3 de abril 2023, 16:34
El Juzgado de los Social nº3 de Santander ha declarado como accidente laboral la caída en casa sufrida por un teletrabajador durante una pausa laboral ... para ir a por agua. El operario se cayó al suelo y sufrió un corte en la mano con un cristal de una puerta. El titular del tribunal ha remarcado que de haberse registrado en la empresa, «no habría existido siquiera un expediente judicial al respecto, no habría duda alguna».
La sentencia, que ha sido notificado de manera reciente, recoge que el trabajador sigue de baja en situación de contingencia por accidente no laboral, ya que no se le reconoció que fuera de esta tipología. «Acaeció en tiempo y lugar de trabajo», señala la sala. Por su parte, la mutua demandada y el Instituto Nacional de Seguridad han defendido que no se ha demostrado que se encontrara en un descanso, por lo que la lesión podría haberse registrado cuando realizaba una labor doméstica.
El magistrado ha rechazado estos argumentos, al producirse el daño en «medio de la jornada de trabajo». En este sentido ha incidido en que no resulta «tan relevante» que sucediera en mitad de un descanso, puesto que si la caída hubiera sido de camino al baño, «la respuesta jurídica sería la misma, salvo que pretenda que un teletrabajador no acuda al baño durante seis horas seguidas». «No es posible hacer de peor condición a un teletrabajador que a un trabajador ordinario», ha planteado.
Fallo recurrible
El juez ha razonado que el demandante ha mantenido siempre la misma versión de los hechos y que el propio registro informático del accidente viene a evidenciar que se encontraba prestando servicios salvo por el pequeño descanso -ocurrido a las 19.36 horas-. Tras la caída, la ambulancia fue avisado y llegó a las 19.49 horas para trasladarlo al hospital, donde se le atendió por corte en la palma de la mano.
El fallo judicial todavía no es firme, y está abierto a la interposición de un recurso de suplicación para que se resuelva por la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
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