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Consumidor: ¡No te olvides de reclamar!

Consultorio de consumo ·

kontsumobide

Jueves, 2 de mayo 2019, 00:08

He puesto una reclamación de consumo, pero no me han devuelto el dinero ni tampoco me han dado la compensación que solicité. ¿Por qué ha sido así?

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Es conveniente conocer cuál es la competencia de cada una de las instituciones competentes en la protección de los derechos de las personas consumidoras y, por lo tanto, cual es la consecuencia o respuesta que se puede esperar de cada uno de los procesos.

Ejercer tu derecho de reclamación y exigir que los establecimientos dispongan de hojas de reclamaciones es una cuestión básica a la hora de proteger los derechos de las personas consumidoras.

Cuando Kontsumobide admite una reclamación inicia un proceso de mediación. Si se produce un acuerdo en este proceso de mediación entre la persona consumidora y el establecimiento puede producirse una devolución dineraria y el archivo de la reclamación. Si la mediación no da frutos y se comprueba una infracción en materia de consumo es posible que se imponga una sanción.

En todo caso debes saber que solamente la Junta Arbitral de Consumo o los tribunales de justicia ordinarios son competentes para dictaminar la obligatoriedad de que se produzca una devolución de cantidades ya abonadas. Por este motivo, te recomendamos que cuando quieras emprender este camino optes por la Sistema Arbitral de Consumo (Para lo cual las empresas deberán estar adheridas al sistema arbitral de consumo o consentir en su adhesión), más rápido y menos costoso.

Si crees que tienes derecho a una compensación por daños y perjuicios deberás acudir a los tribunales ordinarios. En resumen: una reclamación es el primer paso para hacer valer tus derechos como persona consumidora y puede lograr acuerdos y satisfacción de tus derechos.

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