La Justicia desestima el recurso de ABRA contra la exclusividad de producción de Rioja
En 2023, en respuesta a la tramitación de la nueva DOP Viñedos de Álava, se aprobó una modificación del pliego para que las uvas cosechadas en Rioja fueran sólo para la DOCa
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso planteado por la Asociación de Bodegas de Rioja Alavesa (ABRA) contra la modificación ... del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Calificada Rioja (DOCa) aprobada en 2023 en respuesta a la tramitación de la nueva DOP Viñedos de Álava. El cambio pretendía evitar que los viticultores y bodegas interesados en esta última pudieran disfrutar de una doble inscripción de los viñedos.
El nuevo pliego estableció que la producción de viñas inscritas en el registro de viñas de la DOCa Rioja se destinase exclusivamente a la elaboración de vino amparado con esta denominación, de tal forma que quien inscribiera una viña en el fallido intento separatista 'Viñedos de Álava' –el Tribunal Supremo tumbó definitivamente el proyecto en junio pasado– no podría dedicar su producción a elaborar vino de Rioja.
ABRA se opuso a la modificación del pliego porque entendían que se pretendía poner trabas a los viticultores alaveses que quisieran acogerse a la denominación de origen protegida 'Arabako mahastiak / Viñedos de Álava'. De ahí que, una vez aprobada, recurrió a la vía judicial alegando que limita el derecho constitucional a la libertad de empresa, incurre en fraude de ley y desviación de poder, es contraria a la ley de defensa de la competencia y «obedece a la voluntad de atar a los viticultores de la DOCa Rioja parcialmente coincidente con la DO Cava y Viñedos de Álava». Por último, alegó la discriminación de los viticultores y falta de causa justificada por limitar la libertad de empresa.
El TSJM no ve restricción a la libertad de empresa: «En todo caso se ven beneficiados por medidas en pro de la calidad»
El TSJM no aprecia restricción al derecho de libertad de empresa, «en todo caso se ven beneficiados por las medidas establecidas en pro de la calidad rigurosa de los vinos que producen, de general reconocimiento».
El tribunal, según la sentencia contra la que cabe recurso en casación, tampoco aprecia en qué medida se produce el fraude de ley o la desviación de poder que argumentan los bodegueros alaveses. «Se trata de garantizar la adecuada gestión de la DOCa Rioja dejando plena libertad a los viticultores para destinar su producción a otra denominación». Tampoco aprecia discriminación entre unos y otros viticultores. «Se trata a todos de la misma manera, estableciendo exclusividad para todos los que deciden formar parte de dicha Denominación. Esta decisión es voluntaria, de modo que difícilmente puede aceptarse que se haya discriminado a determinados viticultores mediante la modificación aprobada».
Por todo ello, el TSJM desestima el recurso de ABRA y le impone las costas con el límite de 3.000 euros por todos los conceptos, 1.000 para la Dirección General de Industria Alimentaria y la misma cantidad para el Consejo Regulador.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión