«Sin sentencia no se puede decir que hay torturas»
Los presidentes de las tres Audiencias vascas piden «rigor» a la hora de abordar este delito tras el informe presentado por el Gobierno vasco
LORENA gil
Sábado, 23 de diciembre 2017
«¿De qué tipo de denuncia estamos hablando? ¿Fueron presentadas durante la dictadura o en democracia? ¿Dónde se registraron? ¿En cuántos casos se ha posibilitado ... un procedimiento judicial? ¿Se trata de torturas o de malos tratos?». Las preguntas las hace el presidente de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa. Iñaki Subijana se refiere al polémico informe sobre torturas que la Secretaría de Convivencia y Derechos Humanos del Gobierno vasco presentó el pasado lunes. «El rigor metodológico es importante cuando queremos abordar una cuestión tan compleja como esta», advierte.
El estudio, elaborado por el Instituto Vasco de Criminología, no tardó en levantar una polvareda política. Salvo EH Bildu, todos los partidos, incluido el PSE, socio del PNV en el Ejecutivo, criticaron sin ambages las conclusiones del informe por «extender la falsa idea de que en Euskadi ha existido una tortura generalizada». El dossier cifra en 4.113 las denuncias -sin entrar en detalles- por este delito entre 1960 y 2014, aunque solo existe una veintena de condenas en los tribunales de justicia. Atribuye 336 casos a actuaciones de la Ertzaintza. El propio Gobierno vasco optó por marcar distancias con el informe. Un día después de salir a la luz, su portavoz, Josu Erkoreka, no se atrevió a asumir que la cifra de posibles casos de torturas sea la real. «Son víctimas potenciales», se limitó a afirmar.
«Decir que los jueces no han investigado lo suficiente no es cierto, hay una voluntad clara»
Manuel Ayo. Audiencia de Bizkaia
«Sin sentencia no puede decirse que ha habido torturas, la existencia de ese delito la marcan los jueces». En esta declaración coinciden tanto el presidente de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, como los de Bizkaia y Álava, Manuel Ayo y Mercedes Guerrero, respectivamente. Ayo considera que la diferencia que existe entre el número de denuncias por torturas que recoge el informe encargado por el Gobierno vasco y el número de sentencias es «desproporcionada», pero no lo ve como algo «extraño». Ahora bien, rechaza tajantemente que se pueda acusar a los jueces de no haber investigado lo suficiente. «Eso no es cierto. El Tribunal Constitucional, a través de diferentes resoluciones, ha dejado claro que existe una voluntad clara de perseguir estos hechos», defiende.
«Difícil de acreditar»
«El problema es que un delito de estas características es difícil de acreditar», lo que provoca que «muchos casos acaben en sobreseimientos», prosigue el presidente vizcaíno. «En ocasiones no hay plasmación de las lesiones en informes médicos y existen problemas a la hora de identificar a los posibles autores», explica. «Quienes lo cometen intentan hacerlo desde el más absoluto secretismo y siempre pensando en que no haya indicios», añade su homóloga alavesa, Mercedes Guerrero. «Un tribunal no puede dar credibilidad a las denuncias si no se acreditan». «Ahora bien -matiza Ayo- tampoco todas las denuncias tienen fundamento real».
«No se pueden mezclar las denuncias registradas durante el franquismo con las de la democracia»
MERCEDES GUERRERO. Audiencia de ÁLAVA
La Audiencia Provincial de Bizkaia acogió el pasado mes de abril el último juicio por presuntas torturas. El tribunal absolvió a cuatro guardias civiles que habían sido acusados de malos tratos y agresión sexual por la exmiembro de Ekin -considerado brazo político de ETA- Sandra Barrenetxea durante su detención en 2010. Estimó que los hechos no habían quedado «suficientemente acreditados». A uno de los jueces que componían dicho tribunal «se le criticó duramente desde el mundo abertzale», recuerda Mercedes Guerrero. «Pero hay que recordar que ese mismo compañero había absuelto antes a ciertas personas por temas relacionados con ETA. Los jueces actuamos con independencia y movidos siempre por criterios técnicos», subraya la presidenta alavesa.
«El régimen de incomunicación» dificulta «nuestra tarea», pero también la «estrategia que abanderaron sectores relevantes de ETA, quienes ordenaron denunciar sistemáticamente haber sufrido torturas», explica Iñaki Subijana. «El elemento clave para constatar mala práctica es que exista una pasividad en la investigación. Cuando existe una denuncia, hay que realizar un primer examen de los hechos. Puede que se quede en nada, pero lo importante es que no haya una inactividad», remarca.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España hasta seis veces desde 2010 por no investigar las denuncias de torturas formuladas por ciudadanos que habían sido detenidos bajo acusaciones de pertenencia o colaboración con ETA. «En esos casos se puede decir que no se investigó lo suficiente, pero generalizar... No tomo como premisa que aquí haya habido una ocultación sistemática de información», puntualiza, en alusión al papel de las Fuerzas de Seguridad del Estado.
«Sacar fuera lo fabulado»
Subijana habla desde la experiencia. Fue el presidente del tribunal que condenó en 2010 a cuatro guardias civiles por torturar a los etarras que colocaron la bomba en la T-4 de Barajas, Igor Portu y Mattin Sarasola. Un año después, el Tribunal Supremo decidió absolverles.
«La incomunicación dificulta, pero también la orden de ETA de denunciar sistemáticamente»
Iñaki Subijana. Audiencia de Gipuzkoa
El equipo de investigadores encargado del informe, que ha estado liderado por forense Francisco Etxeberria, sometió a 202 denunciantes al protocolo de Estambul de la ONU, que establece una serie de estándares internacionales para calibrar la verosimilitud de sus declaraciones. Según el estudio, el 11% de los relatos tienen «máxima consistencia», el 46% son «muy consistentes», el 41% «consistentes» y el 2% son «inconsistentes».
«Este tipo de análisis permiten sacar fuera lo no fiable, lo fabulado, pero no significa que las denuncias sean ciertas», puntualiza el presidente de la Audiencia de Gipuzkoa, Iñaki Subijana. «En este tipo de delitos penales, la presunción de inocencia es muy fuerte y quienes determinan si hay o no tortura, en base a todas las pruebas, son siempre los jueces. No todo lo fiable es cierto».
La primera guía para realizar una valoración médica
El Manual de Investigación y Documentación Efectiva sobre Tortura, Castigos y Tratamientos Crueles, Inhumanos o Degradantes, mejor conocido como el ‘Protocolo de Estambul’, es el primer conjunto de reglas para documentar la tortura y sus consecuencias. Fue elaborado por más de 75 expertos en leyes, salud y derechos humanos que representaban a más de cuarenta organizaciones de quince países. Se presentó al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos el 9 de agosto de 1999 y se adoptó en el año 2000. Es una guía que contiene las líneas básicas para la valoración médica de una persona que denuncie haber sufrido torturas o malos tratos: cronología de los hechos, narración, historia psicosocial previa a la detención, exploración física exhaustiva y estudio psicológico, entre otras directrices.
La documentación recopilada debe cumplir con los requisitos para servir como evidencia válida ante los órganos de justicia. El ‘Protocolo de Estambul’ es un documento no vinculante. Ahora bien, la legislación internacional obliga a los gobiernos a investigar los posibles casos de malos tratos.
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