Los temores de Marchena
Vaya lío que se ha armado con la cuestión de la suspensión de funciones de los diputados Junqueras, Sánchez, Turull y Rull (también del senador ... Romeva) una vez que todos ellos han accedido al cargo previo juramento o promesa prestado. No es un pulso ni una sokatira entre el Congreso y el Supremo, pues nadie quiere para sí la responsabilidad principal de la decisión. Más bien se trata de una especie de juego inhibitorio, donde el Supremo y el Congreso prefieren jugar a dejar 'la pelota' en el tejado del otro.
Es obvio que esencialmente estamos ante una cuestión jurídica, pero con una innegable repercusión política. Primero, porque es un tema que afecta a una cuestión central de la democracia, como es la anulación temporal, pero plena, del derecho fundamental a la participación política de un diputado procesado, pero no condenado, que tiene a su favor el derecho a la presunción de inocencia. Segundo, porque afecta de lleno al clima político, especialmente en Cataluña. Tercero, porque estamos en la fase final de la campaña, a tres días de las elecciones. Por intereses electorales, unos quieren tomar ya la decisión de la suspensión (PP, Cs) convirtiendo esta cuestión en el tema estrella. Otros, también por intereses, no quieren adoptar esa decisión antes del domingo (PSOE).
Pero también para el Supremo, especialmente para Marchena, tiene especial relevancia, pues un protagonismo principal de este Tribunal requiriendo al Congreso la aplicación inmediata de la suspensión de las funciones de los diputados procesados, podría contaminar la imagen de imparcialidad de la Sala de lo Penal que enjuicia la causa del 'procés', y que ha sido cuestionada ya por algunos observadores internacionales como International Trial Wath, al poner de manifiesto que el presidente Marchena ha llegado a una situación de «aparente pérdida de la imparcialidad objetiva».
Marchena no quiere coger el 'toro por los cuernos', como le pide Fiscalía, y dirigirse a las Cámaras, comunicando que en virtud del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a los cuatro diputados y al senador se les debe aplicar inmediatamente la suspensión y no dejarles participar en ninguna votación. No quiere adoptar esta iniciativa polémica, como en su día la adoptó el juez Llanera con estas mismas personas, diputados del Parlament, pero con un contenido que sorprendió a todos, pues permitía que las funciones del diputado suspendido pudieran ser ejercidas por otros diputados en su nombre. El magistrado Marchena no habla en su auto de 14 de mayo pasado de la aplicación del artículo 384 bis para fundamentar la suspensión sino se remite al Reglamento del Congreso para dejar así la pelota en las Cámaras. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuando le llegue el asunto, mirará con atención no sólo el injustificado mantenimiento de la prisión preventiva sino también la posible pérdida de imparcialidad objetiva del Tribunal y de su presidente. Marchena no quiere añadir más riesgos declarando la suspensión de funciones de los diputados procesados e instando al Congreso a su aplicación inmediata. Quita de mí ese cáliz, que bastante tengo.
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