La multa de la DGT por llevar acompañante en el patinete eléctrico
Tras la reforma del Reglamento General de Circulación, estos vehículos cobran una nueva dimensión y la DGT endurece las sanciones
a.m.
Viernes, 5 de agosto 2022, 00:24
El patinete eléctrico era el gran desconocido en la última década. Muy pocos disponían de uno propio y su uso quedaba muy reducido a las grandes ciudades, pero desde hace dos años el patinete se ha transformado en vehículo de movilidad personal (VMP). La DGT ha tomado cartas en el asunto y tras la aprobación de la nueva Ley de Tráfico, endurece las cuantías de las multas por infracciones cometidas con este vehículo.
El alto coste de la gasolina es uno de los factores principales que han fomentado el uso del patinete eléctrico. Un vehículo que, junto a la bicicleta, fomenta la movilidad sostenible. Aunque siempre se debe respetar la normativa.
Las directrices más importantes de la DGT corresponden a la velocidad y la seguridad respecto al peatón. Está prohibido superar los 25 km/h y se deberá circular con casco y por carretera. Otra de las multas de la DGT es por conducir con un acompañante. Tráfico aclara que al tratarse de un VMP solo queda autorizado para el uso de una persona, por lo que la circulación con un acompañante es sancionable con 100 euros de multa, según el artículo 9 del Reglamento General de Circulación.
Multas a patinetes eléctricos
Estas son las multas de la DGT por el mal uso de los patinetes eléctricos:
- Alcohol y drogas. Los usuarios de patinetes eléctricos se someterán también a los test de drogas y alcohol. En caso de dar positivo, la cuantía será de mínimo 500 euros, si la tasa de alcohol está por debajo de 0,5. en el resto de los casos, la cantidad se elevará a 1.000 euros. En caso de negarse a realizar alguna de las pruebas, el conductor podría acabar imputado.
- Uso de teléfono móvil. A diferencia de los conductores de turismos y motocicletas, el usar el móvil mientras se conduce un patinete solo implica 200 euros de sanción sin pérdida de puntos.
- Auriculares. La multa es de 200 euros por escuchar música o cualquier emisora de radio (artículo 18.2 del RGC).
- Casco y otros elementos de protección. El uso del casco lo determinará cada ordenanza municipal. En caso de que sea obligatorio, no usarlo puede acarrear una multa de 200 euros. También tienen prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales bajo una sanción de 200 euros.
- Prendas reflectantes o sistema de alumbrado. Al igual que los ciclistas, deben llevar alumbrado o prendas reflectantes de noche. En caso de no hacerlo la sanción puede ser de 200 euros.
- Paradas y estacionamientos. Al igual que sucede con los vehículos, los conductores de VMP tendrán que pensar dos veces donde parar o estacionar su patinete eléctrico. La multa quedaría a expensas de la ordenanza municipal de cada localidad.
- Sanciones a menores. Si un menor de edad comete una infracción con un patinete eléctrico, serán los padres o tutores los que responderán por él.