No sirven para nada
El pozo de alivio y bombeo, así como la rasante se han proyectado erróneamente, para una situación que nunca ha sucedido
A principios de agosto, en plena polémica entre administraciones públicas, preguntaba a la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta, qué efectos ... tendría mantener la rasante actual del cruce de las calles Ronda y Arenal cuando el Ebro se desborde, pero no ha obtenido respuesta.
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Desde mi conocimiento, puedo responderle que ningún efecto, siempre que se ponga un cierre en el extremo de la alcantarilla del cruce de calles. Se lo explico:
El pozo de alivio y bombeo, y si éste no funciona, la elevación de la rasante del cruce, se han proyectado erróneamente, para una situación que nunca ha sucedido y que es muy improbable que suceda, por lo que son dos actuaciones innecesarias e inútiles, que no sirven para nada.
Nunca ha sucedido que, en una riada, llueva en Miranda y el agua de la lluvia se acumule en el cruce y lo encharque porque no puede evacuarse por la alcantarilla, al impedirlo el agua que le ha entrado desde el río por la riada.
Lo que sí ha sucedido es que, en una riada, sin llover, el agua ha entrado en la alcantarilla desde el río y por vasos comunicantes ha salido por los sumideros al cruce de calles, encharcándolo. Muchos mirandeses lo hemos podido ver.
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Este problema se soluciona fácilmente poniendo un cierre en el extremo de la alcantarilla (compuerta tajadera), como se recoge en el proyecto, que se cierra en riadas, impidiendo la entrada de agua a la misma desde el río.
Sin embargo su utilidad es muy reducida, solo sirve para caudales no muy elevados de riada, ya que si son mayores, toda la zona se inunda por el desbordamiento del río, llegando el agua entonces desde las calles aledañas, algo más altas que el cruce, que actúan como barrera hasta que son desbordadas.
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El cierre de la alcantarilla permitirá, con esos caudales no muy elevados de riada, que no haya encharcamiento, y la circulación de cualquier vehículo por el cruce de calles, de emergencias o particular, será normal, como la de cualquier día. Sin embargo, cuando la riada sea de caudal elevado, toda la zona, incluido el cruce, estará inundada, y no se podrá circular, ni aunque se hubiera elevado la rasante del mismo.
El cierre de otras alcantarillas al río no se ha comprobado que sea necesario, ni el proyecto lo justifica.
Se puede concluir que la actuaciones de elevación de la rasante y pozo de alivio y bombeo, no sirven para nada, ni siquiera el pozo en el caso de no cerrarse la alcantarilla, ya que por su pequeño tubo de bombeo, sería incapaz de sacar del cruce el agua que le entrase por el gran tubo de alcantarillado que es la galería de saneamiento existente.
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Ayuntamiento y Junta han podido conocer la verdadera causa del encharcamiento, por lo que deberían reconocer el error del proyecto, y en consecuencia rechazar ejecutar la elevación de la rasante del cruce (cualquier altura), y el pozo de alivio. Son dos actuaciones inútiles, y un malgasto de dinero público europeo que asciende a 750.000 euros aproximadamente, un 60% de 1.250.000 , que es el coste de ejecución del proyecto 659 licitado.
El dinero proviene de Europa, que financia la ejecución, por lo que se debería cuidar el cumplimiento de sus condiciones, evitando cualquier utilización que pudiera considerarse inadecuada, lo que podría llevar a tener que devolverlo.
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No es defendible que sirven para algo las actuaciones de elevar la rasante del cruce (cualquier altura), y el pozo de alivio, cuando la realidad es que no sirven para nada. Sí que sirve, y es necesario, el cierre de la alcantarilla del cruce.
Además, la exigencia europea de realizar un estudio coste-beneficio previo al proyecto no se ha observado, siendo su realización obligatoria, previa y de resultado favorable, para que pueda redactarse el proyecto y su posterior ejecución.
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Sin embargo, la Dirección General del Agua, del Ministerio (MITECO), siendo la responsable, no los ha hecho.
Del coste de 750.000 euros, por la elevación y el pozo, no se obtiene ningún beneficio, por lo que se puede prever que el estudio coste-beneficio previo sería desfavorable. En consecuencia, no se debería haber redactado el proyecto 659, ni ahora licitado su ejecución. Tampoco el 652 anterior (que incluía los diques), por no haberse realizado un estudio coste-beneficio previo y de resultado favorable.
Espero que lo expuesto haya sido de su interés, reciba un cordial saludo.
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