Secciones
Servicios
Destacamos
Edición
Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.
Jueves, 3 de febrero 2022, 07:43
Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.
Compartir
Este 2022 ha traído novedades fiscales para las personas que invierten y ahorran con vistas a su jubilación. Los cambios, incluidos en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2022, afectan al límite máximo de deducción en el IRPF por aportaciones a los sistemas de previsión social, como los planes de pensiones.
Uno de los grandes atractivos de estos instrumentos de ahorro ha sido tradicionalmente su fiscalidad favorable. La normativa permite reducir de la base imponible del IRPF las cantidades aportadas cada año por los ahorradores. No sólo en los planes de pensiones individuales, sino también en los de empleo. Es decir, aquellos ofrecidos por las empresas a sus trabajadores, y en los que ambos realizan aportaciones.
El Gobierno quiere promocionar estos últimos, de ahí que esté rebajando progresivamente el límite para las aportaciones a los planes individuales que pueden deducirse en la declaración de la renta: el año pasado lo redujo de 8.000 a 2.000 euros anuales. Y este 2022, la cantidad máxima deducible es la menor entre 1.500 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y/o de actividades económicas.
Por contra, en el caso de los planes de empleo el límite de aportaciones realizadas por la empresa se eleva 8.000 a 8.500 euros anuales. Con la condición de que las aportaciones totales sean inferiores al 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del partícipe.
Como novedad respecto a años anteriores, se ha incluido en ese límite las cantidades aportadas por el trabajador al plan, siempre por un importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial. Si se diera el caso de que el trabajador realice aportaciones cuya cantidad supere a las de la empresa, se computarán dentro del tope individual de 1.500 euros al año.
En cuanto al límite conjunto de aportaciones -la suma de las hechas por empresa y trabajador- se mantiene en los 10.000 euros con un tope de 8.500 euros para las contribuciones empresariales y de 1.500 euros en las del empleado.
Más información
Euskadi cuenta con su propia modalidad de planes de pensiones, las EPSV (Entidades de Previsión Social Voluntaria). Las competencias en materia fiscal corresponden a las Diputaciones Forales y a las Juntas Generales de los tres territorios históricos. Sin perjuicio, eso sí, de las atribuciones del Gobierno vasco en materia de armonización, coordinación y colaboración.
Se calcula que unos 640.000 vascos tienen 12.800 millones de euros depositados en las EPSV, que permiten deducirse aportaciones individuales de hasta 5.000 euros anuales. En cuanto a las conjuntas -las realizadas por el trabajador y la empresa-, difieren en función del territorio histórico. En Bizkaia el tope conjunto es de 12.000 euros. Y la empresarial no puede superar los 8.000 euros. No obstante, hay que tener en cuenta que esta rebaja impositiva es al fin y al cabo un diferimiento en el pago del impuesto sobre la renta hasta el momento del rescate. Las EPSVs -también los planes de pensiones- tributan como rendimiento del trabajo en el IRPF.
El Gobierno vasco examina atentamente todos los cambios que el Estado viene introduciendo en la fiscalidad de los planes de pensiones, y comparte ese impulso a los de empleo en detrimento de los individuales. El Departamento de Hacienda del Ejecutivo vasco es partidario además de favorecer el tratamiento fiscal cuando la EPSV se rescata como una renta mensual una vez jubilado el partícipe, y penalizarlo cuando se retira todo el dinero de una vez.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
El juzgado perdona una deuda de 2,6 millones a un empresario con 10 hijos
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.