Borrar

Una asesora del SEPE explica cómo un autónomo puede cobrar el subsidio de mayores de 52 años

El Servicio Público de Empleo Estatal establece un requisito que dificulta el acceso a la prestación a los trabajadores por cuenta propia

Sábado, 14 de junio 2025, 17:33

Cotizar por la contingencia de desempleo es un requisito que en muchas ocasiones cierra las puertas a los autónomos al paro o subsidios que concede el Servicio Público de Empleo Estatal. Los trabajadores por cuenta propia no cotizan al desempleo al regirse por el regimen de autónomos. Lo que hacen es darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y el tiempo cotizado es solo para la conocida prestación por cese de actividad, el conocido como paro del autónomo. No es una «vía de acceso» para acceder, por ejemplo, al subsidio de mayores de 52 años, pero una asesora del SEPE ha dado las claves para poder darle la vuelta a esta complicada situación administrativa. Al menos, en el caso de que se cumplan todos los requisitos para jubilarse, salvo la edad.

María José Gómez, asesora de la Subdirección General de Prestaciones del SEPE, ha desgranado los pasos en una publicación en 'X' de Onda Madrid. Cuando se agota el paro de autónomos, «se necesita volver a trabajar por cuenta ajena y tener un mínimo cotizado de 90 días por la contingencia de desempleo». Una vez que termine esa relación contractual, debe generarse una situación legal de desempleo y darse de alta como demandante. Es importante tener en cuenta que es la empresa la que debe dar por terminada la vinculación laboral. Si es el empleado el que deja el trabajo, no podrá optar a ninguna ayuda del SEPE.

Ese remedio puede ser una opción siempre y cuando esa persona haya cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral. Un problema en el caso de aquellos que hayan desarrollado su carrera profesional casi completamente como autónomos. Se trata de una exigencia que les impide solicitar una prestación clave para ayudar a aquellas personas cerca de la jubilación para cotizar al 125% del SMI. Un requisito que, en cambio, un asalariado cumple sin mayor problema al trabajar por cuenta ajena.

Sobre esta cuestión precisamente se ha mojado Gómez en el espacio radiofónico. «Los autónomos tienen una situación complicadísima», reconocía la asesora del organismo sobre aquellos casos en los que se cuenta con 15 años cotizados, pero no seis de ellos al desempleo. Sobre la posibilidad de introducir una nueva norma que habilite una ayuda similar al subsidio de 52 años para este colectivo, Gómez lo ve «normal». «Llevan muchos años cotizando y no todas las situaciones son cierro esto y cobro el subsidio. Hay gente que de verdad no puede mantener el negocio», explica.

Subsidio

El Servicio Público de Empleo Estatal busca con el subsidio de mayores de 52 años dar una salida a aquellas personas desempleadas en un momento crítico de su vida laboral. En resumen, deben de haberse quedado sin empleo superando esa edad, pero sin haber alcanzado la mínima para jubilarse a pesar de contar todos los requisitos para ello. El problema es que la subida progresiva de esta condición hace que también se vean afectados los perceptores, tal y como ha pasado en 2025 y volverá a suceder en 2026.

Es necesario que el solicitante tenga 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los últimos quince, y haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral. Otro de los principales requisitos es no percibir ingresos por encima del 75% del salario mínimo al mes, sin tener en cuenta las pagas extras, lo que se traduce en 888 euros mensuales. El solicitante debe de haber agotado el paro o el subsidio ordinario por agotamiento de prestación y permanecer dado de alta en todo momento como demandante de empleo.

La ayuda se encuentra fijada actualmente en los 480 euros (80% del IPREM), un ingreso que se prolonga hasta que el perceptor pueda jubilarse, siempre y cuando no supere el máximo de ingresos permitido, que se sitúan en 888 euros mensuales con la última subida del SMI. La principal diferencia con subsidio por agotamiento de la prestación contributiva o el de cotizaciones insuficientes es que, en este caso, el SEPE aporta a la base de cotización por jubilación el 125% sobre el Salario Mínimo Interprofesional.

También sus beneficiarios tienen la obligación de presentar el DAR (Declaración Anual de Rentas) ante el SEPE cuando se cumpla un año desde la aprobación o la última ampliación concedida.

Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años

-Agotar el paro o acreditar una situación legal de desempleo con al menos 90 días de cotización.

-No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.

-Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio

-Tener 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años.

-Haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral.

Cumplir la carencia de rentas, lo que supone no tener ingresos superiores al 75% del SMI (888 euros) al mes.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

elcorreo Una asesora del SEPE explica cómo un autónomo puede cobrar el subsidio de mayores de 52 años

Una asesora del SEPE explica cómo un autónomo puede cobrar el subsidio de mayores de 52 años