Una sentencia tumba una OPE foral por la exigencia excesiva de euskera
No ve proporcionado pedir el PL3 al 90% de los técnicos en integración social, cuando el 80% de los usuarios del servicio se expresan en castellano
Nuevo varapalo judicial contra una OPE por la exigencia excesiva del euskera para el acceso a un empleo público. En este caso ha sido el ... Instituto Foral de Asistencia Social (IFAS) de la Diputación de Bizkaia el que ha visto como ha quedado impugnada una de sus convocatorias al no mantener la proporcionalidad a la hora de establecer los requisitos lingüísticos en las plazas que salían a concurso acorde a lo fijado en la ley.
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La convocatoria que ha sido tumbada ofertaba veinte plazas de técnico superior en integración social. Para acceder en propiedad a 18 de estos puestos se exigía acreditar un perfil lingüístico 3, lo que equivale a un nivel alto de euskera. Sin embargo la sentencia dictada por el Juzgado de los Social Número 9 de Bilbao, con fecha 31 de octubre, refleja que en el «80%» de los casos, las relaciones que mantienen los usuarios y sus familiares con estos técnicos se desarrollan en castellano, tanto a nivel oral como por escrito. Estos datos recogidos en el fallo figuran en el propio plan de normalización del uso del euskera de la Diputación,
El dictamen repasa además las funciones de los técnicos superiores en integración social. «Se caracteriza en lo fundamental por la ejecución de tareas de apoyo personal y directo a personas vulnerables», parte de ellas con deficiencias psíquicas, y a sus familiares.
A la vista de la altas interacciones en castellano, la sala considera «que la exigencia lingüística contenida en la convocatoria no supera el juicio de la proporcionalidad», al exigir un PL3 para 18 de las 20 plazas que salían a convocatoria, cuando el grueso de las relaciones de estos profesionales con los usuarios y sus allegados no se desarrollan en euskera.
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El fallo indica además que el número de plazas perfiladas en esta convocatoria (el 90%) está «cercano a duplicar el índice de preceptividad contemplado» en el Plan de normalización del euskera para el IFAS, que es del 46%. La sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, también detalla que de los 647 puestos de trabajo existente en el IFAS, el 73% tienen fijada fecha de preceptividad.
Artículos de la Constitución
La demanda interpuesta contra esta OPE considera que el IFAS no se ha ajustado en esa convocatoria a lo establecido en los artículos 14 y 23.2 de la Constitución Española. El primero es el que habla de que «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social». El segundo se refiere al «derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes».
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La Diputación decidió hace meses paralizar «por prudencia y seguridad jurídica» el desarrollo de esta OPE tras conocer que había sido denunciada. En los últimos años han sido varias las sentencias que han anulado en Euskadi diferentes oposiciones al considerar que los perfiles lingüísticos que se pedían eran excesivos y discriminaban a los castellanoparlantes.
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