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El BOE publica la autorización del Gobierno vasco a Viñedos de Álava

s. arroyo

Jueves, 20 de octubre 2022, 09:15

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Un trámite que no afecta al procedimiento iniciado por el Gobierno vasco; previsible (quizás no con tanta celeridad), pero sin sorpresas. El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este jueves la publicación de la Orden de Protección Nacional Transitoria para Viñedos de Álava que el Departamento de Desarrollo Económico lanzaba el pasado martes y que permite a las bodegas de ABRA vender sus vinos con etiquetado singular dentro del mercado nacional a la espera del pronunciamiento definitivo de Bruselas.

El texto que refleja el BOE es calcado al que entró en vigor ayer y que se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco. Refleja los antecedentes ya conocidos, que mediante resolución de 10 de marzo de 2021 del director de Calidad e Industrias Alimentarias, se emitió decisión favorable a la solicitud de protección e inscripción de la DO Arabako Mahastiak/Viñedos de Álava. Que la resolución junto con el resto del expediente fueron remitidas al Ministerio de Agricultura, que siguiendo también una tramitación reglada le dio continuidad trasladándolo a la Comisión Europea, acompañándo a la misma una serie de informes negativos. Un paso que se dio el pasado mes de mayo.

La protección nacional transitoria cesará una vez se pronuncie el Ejecutivo comunitario. Esta Orden es válida solo para la comercialización de los vinos que cumplan las especificaciones del pliego enviado a la capital comunitaria, autoriza a la Fundación Hazi, dependiente del Departamento que dirige Arantxa Tapia, las tareas de control y certificación de los productos de de denominación de origen.

Y, obviando aspectos que sí se recogen en el texto publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, como la conformación del nuevo Consejo Regulador, concluye con los procedimientos administrativos y judiciales que se pueden interponer a partir del día siguiente a la publicación. En concreto, los recursos de reposición ante el propio Departamento vasco que firma la autorización (un mes de plazo) o por vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, para el que se amplía el margen de réplica hasta dos meses.

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