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José Ibarrola

Un momento de trémula emoción

A una situación de hecho, la usurpación por la fuerza de un inmueble ajeno, se la ha dotado judicial y legislativamente de garantías contra la reacción del propietario

Sábado, 6 de mayo 2023, 00:09

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Trémula emoción, sí, eso es lo que sentimos los aficionados al Derecho cuando asistimos a un momento fundacional como el presente. Y es que en ... la historia son raros, muy raros, los casos en que podemos asistir, en vivo y en directo, al nacimiento de un nuevo derecho subjetivo integrado en nada menos que la médula de nuestro Derecho privado, en el Derecho inmobiliario o Derecho de la propiedad privada. Y sí, está sucediendo: en unos pocos años, y gracias a los esfuerzos inconexamente coaligados de unos jueces desubicados y de unos legisladores ideologizados, el alumbramiento ha tenido lugar: hoy podemos ya hablar en España (pionera por fin en un asunto de dogmática jurídica después de siglos de servilismo a la germánica) del «derecho subjetivo a la ocupación de inmuebles habitacionales de propiedad ajena»; un derecho que implica la facultad de usar y abusar del inmueble ajeno por plazo limitado, pero sustancioso y de manera gratuita, sin abono de renta o merced alguna.

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