Borrar
Sede de la Comisaría de la Policía Local en la Barriada San Juan del Monte. Avelino Gómez
Condenan a 3 años y 7 meses de prisión al policía local acusado de revelación de secretos

Condenan a 3 años y 7 meses de prisión al policía local acusado de revelación de secretos

El fallo de la Audiencia Provincial le inhabilita para ejercer cargo público durante 6 años y dicta la pérdida definitiva de la condición de agente

Cristina Ortiz

Sábado, 2 de marzo 2019, 16:54

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a tres años y siete meses de prisión a J.A.F.U, agente de la Policía Local de Miranda acusado de un delito de descubrimiento y desvelación de secretos cometido en el ejercicio de su actividad como funcionario público. Al mismo tiempo que dicta la «inhabilitación absoluta para el desempeño de cualquier cargo e empleo público» por un periodo de 6 años», que incluye, además, la «pérdida definitiva» de su condición de agente del Ayuntamiento mirandés.

Asimismo, la sentencia dictada por tres magistrados de la Audiencia Provincial recoge que J.A.F.U deberá indemnizar con 15.000 euros a los herederos del que fuera concejal de Seguridad Ciudadana, Joaquín Muñoz, fallecido en julio de 2017, y con 6.000 euros a su hermano. Cantidades que se estiman en concepto de «daños morales».

Los hechos ahora sentenciados se remontan a hace ya siete años. Por aquellas fechas, según recoge la sentencia en su fase expositiva, el funcionario de la Policía Local ahora condenado, motivado por «la enemistad» existente con el edil, debido a la actividad sindical del agente y el impulso de un expediente sancionador contra él, decidió averiguar si un familiar del concejal contaba con antecedentes penales.

Para ello, en mayo de 2012, encontrándose de servicio junto con su compañero de dotación, se desplazó a las dependencias de la comisaría local del Cuerpo Nacional de Policía y una vez allí preguntó al subinspector si un pariente del representante había sido condenado por algún delito, a lo que el subinspector citado, en la creencia de que la pregunta venía motivada por un asunto de interés policial, y previa consulta con la aplicación policial, informó verbalmente al acusado que esa persona tenía un antecedente.

Con esta información, el condenado se desplazó junto con su compañero de patrulla hasta las dependencias de la Policía Local y allí solicitó a otro agente que le imprimiera las reseñas que aparecieran en la aplicación policial de consultas denominada Argos, de la Dirección General de la Policía, relativas al hermano de Joaquín Muñoz. Documentos que exhibió a un agente y a los restantes agentes de Policía Local presentes, además de dejar una copia en dependencias policiales.

En junio de 2012, dos días después de que el concejal le abriera un expediente disciplinario, el acusado introdujo por debajo de la puerta del despacho del edil dos impresiones originales que había conseguido en mayo relativas al familiar del representante municipal.

En la impresión correspondiente a las fotografías, el acusado había añadido «con letra de imprenta la frase «Agresor sexual. ¡Ojo!»». Al día siguiente, otro agente encontró entre los partes de trabajo copias de los mismos documentos introducidos por debajo de la puerta del concejal.

En octubre de 2014, el acusado presentó en el registro del Ayuntamiento un escrito dirigido a a la responsable de la Mujer del Grupo Socialista, en el que se transcribía parte de los hechos de una sentencia dictada por al Audiencia de Zaragoza en la que se condenaba al hermano del edil. Documento que, se explica, recogía el requerimiento de «interesando saber cuál es la postura» en referencia a ese asunto.

En noviembre de ese año el acusado presentó de nuevo en el registro municipal un escrito dirigido a la misma responsable municipal en el que hacía mención al documento anteriormente presentado, informando entonces del vínculo de esa persona con uno de los concejales. Documento que también trasladó a PP e IU y que, según apuntó, también iba a poner en conocimiento de los medios de comunicación.

Absolución

Sí absuelve la Audiencia Provincial a J.A.F.U. del delito de falsedad en documento público, al no recoger las acusaciones en la fundamentación de los hechos que fuese ese acusado el que modificó en el registro Eurocop los datos del hijo del concejal, al que pasaron a adjudicar la condición de «delincuente». El acceso al sistema se realizó con la clave de acceso de otro agente que también ha sido absuelto. Igualmente lo han sido los otros tres policías que figuraban en el caso.

Por otro lado, la sentencia, de hasta 68 folios, también reconoce que el mejor fallo para desmontar «el ataque a la buena fama pública» de Joaquín Muñoz es que quede constancia en ese fallo de que no cometió ningún acto delictivo. Algo que el tribunal considera muy importante en el caso de un cargo público en una pequeña localidad.

Hay que tener en cuenta que la sentencia no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios