Las ayudas que también puedes cobrar mientras recibes el paro
El posible percibir al mismo tiempo la prestación o el subsidio por desempleo y otras prestaciones que hubieran sido compatibles con el trabajo que originó el derecho al paro
El cobro de la prestación por desempleo suele plantear entre los perceptores numerosas dudas sobre su compatibilidad. ¿Es posible cobrar el 'paro' y al mismo tiempo algún tipo de prestación, ayuda o subsidio?
Las incompatibilidades están recogidas en el artículo 282.1 de la Ley de la Seguridad Social. En primer lugar, no se puede cobrar una prestación o subsidio por desempleo y ser al mismo tiempo trabajador por cuenta ajena o asalariado. En este último caso existe una excepción: si el contrato es a tiempo parcial.
El punto 2 del mismo artículo aborda la posibilidad de compatibilizar el paro con otras prestaciones de la Seguridad Social. Y deja claro que no se puede, «salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio».
En este supuesto se encuentra, por ejemplo, la pensión de jubilación parcial. O la de viudedad, ya que su cobro es compatible con el trabajo y sus rentas.
Sucede lo mismo con la incapacidad permanente total. Se puede cobrar esta prestación y el paro, siempre que la de invalidez hubiese sido compatible con el trabajo que originó dicha prestación. Esta situación se suele dar en personas con una incapacidad permanente total reconocida que consiguen un empleo de un oficio distinto al que tenían antes de la situación de incapacidad.
El artículo 282.2 de la Ley de la Seguridad Social también especifica que es posible cobrar el paro o un subsidio de desempleo y percibir al mismo tiempo «cualquier tipo de rentas mínimas, salarios sociales o ayudas análogas de asistencia social concedidas por cualquier Administración Pública». Eso sí, siempre que se cumplan con los requisitos de carencia de rentas o de existencia de responsabilidades familiares exigidos.
Otras compatibilidades
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) indica otras situaciones de compatibilidad con la prestación o subsidio por desempleo:
-La prestación por hijo a cargo. Se trata de una prestación no contributiva que concede una asignación económica por cada hijo o menor de edad o mayor con una discapacidad igual o superior al 65%. También beneficia a los menores en acogimiento familiar, permanente o preadoctivo. Siempre, en todos los casos, se debe cumplir con unos requisitos de carencias económicas.
-Pensiones reconocidas y abonadas por un Estado distinto al español.
-Becas y ayudas públicas para compensar gastos de transporte, alojamiento y manutención obtenidas por la asistencia a acciones de formación ocupacional u otras subvencionadas por el SEPE.