Borrar

Pago máximo en efectivo: ¿cuánto dinero se puede pagar en una compra?

Desde el pasado 11 de julio se prohíbe abonar bajo esta modalidad de pago las operaciones por un importe igual o superior a 1.000 euros

jorge murcia

Lunes, 20 de diciembre 2021, 00:34

Comenta

La lucha contra el fraude fiscal se libra desde distintos frentes. Uno de ellos es la promoción de las transferencias bancarias y los pagos con tarjeta de crédito en detrimento del efectivo. Por eso en los últimos años se ha reducido la cantidad máxima que se puede abonar en dinero contante y sonante. La Ley 11/2021, en vigor desde el pasado 11 de julio, prohíbe pagar en efectivo las operaciones de un importe igual o superior a los 1.000 euros, o su contravalor en moneda extranjera. Hasta ese día el tope se situaba en los 2.500 euros.

El nuevo límite afecta a los pagos en los que alguna de las partes actúa en calidad de empresario o profesional. Dicho importe se eleva hasta los 10.000 euros en el caso de que el pagador sea una persona física con domicilio fiscal fuera de España y que no actúe como empresario o profesional.

Un detalle importante a tener en cuenta es que la limitación se aplica a la operación, y no al pago en efectivo en sí. Por ejemplo, si en un pago de 1.100 euros se abonan 200 en efectivo, se estaría incumpliendo la norma. El Banco de España aclara que esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en «entidades de crédito, entidades de pago y a operaciones de cambio de moneda en efectivo realizados en establecimientos de cambio de moneda abiertos al público».

Tampoco se puede fraccionar la facturación para que el importe nunca supere los mil euros. De hecho, incluso a la hora de prestar un servicio profesional que requiere de varias facturas -por ejemplo, cuando se programan diferentes entregas de material- ha de sumarse cada una de ellas para comprobar si el conjunto supera o no el máximo legal establecido.

No importa el periodo de tiempo en el que se emitan las facturas. Lo que se tienen en cuenta es si estas se pueden encuadrar o no dentro de un mismo trabajo. El recurrente truco de emitir una doble factura -una por los servicios y otra por los materiales- tampoco está permitido si responden a la realización de un mismo trabajo.

¿Y qué se entiende como pago en efectivo? El Banco de España considera como tal no sólo las monedas y billetes, también los cheques al portador «así como cualquier otro medio de pago en el que no se identifique a los intervinientes». En cuanto al formato de la operación, también entraría dentro de esta categoría si parte de la cantidad se abona en metálico y la otra por transferencia si la suma de ambas es superior a los 1.000 euros.

En los casos de incumplimiento de la norma serán considerados infractores de la norma tanto el pagador como el que recibe la cantidad en efectivo. Por tanto, responderían de forma solidaria a la sanción correspondiente, que será del 25% de la cantidad pagada en efectivo de toda operación que iguale o supere el importe de los 1.000 euros. Es decir, que la sanción mínima será de 250 euros.

No obstante, si una de las partes -y en el plazo de tres meses tras el pago- denuncia ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria la operación efectuada, su importe y la identidad de la otra parte interviniente, el denunciante quedará exonerado de responsabilidad. La entidad supervisora aconseja conservar los justificantes de pago de aquellas operaciones que superen los límites establecidos «durante el plazo de cinco años desde la fecha de la operación».

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

elcorreo Pago máximo en efectivo: ¿cuánto dinero se puede pagar en una compra?

Pago máximo en efectivo: ¿cuánto dinero se puede pagar en una compra?