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La prestación de 600 euros al mes del SEPE: quién puede beneficiarse y cómo solicitarla

El 'paro' de los artistas se puede solicitar desde el pasado 2 de julio, y beneficia a los trabajadores y auxiliares del sector

Jueves, 28 de septiembre 2023, 00:21

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Desde el pasado 2 de julio los trabajadores del sector cultural y artístico pueden acceder a una nueva prestación por desempleo. Es el renovado 'paro' de los artistas, extensivo también a quienes realizan actividades técnicas y auxiliares en el sector.

La prestación, aprobada en enero pero que no entró en vigor hasta el segundo día de julio, tiene en cuenta el carácter intermitente del trabajo que desempeñan los profesionales de las artes escénicas, audiovisuales y musicales. Un sector tradicionalmente castigado por la precariedad y discontinuidad laboral.

Beneficiarios

La nueva prestación está dirigida a los trabajadores que realicen actividades artísticas, así como técnicos y auxiliares del sector. Todos ellos deben cumplir una serie de requisitos:

-Estar en paro y haber cotizado al menos durante 60 días en los últimos 18 meses por prestación de servicios en la actividad artística.

-Haber estado de alta 180 días en la Seguridad Social como trabajador del sector de actividades artísticas durante los 6 años anteriores al momento de quedarse en paro. Siempre, eso sí, que no esos días no hayan sido tenido en cuenta para el reconocimiento de una prestación anterior.

Además, para acceder no deberán tener derecho a percibir una prestación contributiva ordinaria. Si la nueva prestación especial es más beneficiosa que la ordinaria, podrán optar por recibirla.

Cuantía y duración

La prestación se cobrará durante cuatro meses, y su cuantía es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), salvo que la media diaria de las bases de cotización de los últimos 60 días de prestación real de servicios en la actividad artística supere los 60 euros.

En este caso la cuantía alcanzará el 100% del Iprem, que este año está fijado en 600 euros mensuales. El anual puede ser de doce pagas (7.200 euros) o de 14 (8.400 euros).

La nueva prestación no podrá compatibilizarse con un trabajo por cuenta propia, por cuenta ajena, o con cualquier otra prestación, renta mínima, de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública. En cambio, sí es compatible con el cobro de derechos de propiedad intelectual y de imagen.

Para acceder a la prestación la situación legal de desempleo debe ser posterior al 1 de julio de 2023.

Cómo solicitarla

La solicitud se puede hacer a través de la sede electrónica del SEPE. También mediante una presolicitud marcando el subtrámite 'Solicitud de prestación contributiva (alta o reanudación)'. En el campo 'Observaciones' se debe indicar que se solicita la 'Prestación especial de artistas'. Quienes prefieran hacerlo de manera presencial en una oficina de prestaciones deben pedir cita previa en la sede electrónica del SEPE o en el número de teléfono 060.

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