Vecinos contemplan las detonaciones en la cantera de Trespuentes. Rafa Gutiérrez

Una juez desoye a los vecinos y respalda la actividad de la cantera de Trespuentes

La junta administrativa pedía suspender las operaciones, pero la sala legitima el «silencio» del Ayuntamiento de Iruña de Oca que en 2004 permitió su continuidad

Domingo, 12 de octubre 2025, 00:16

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Vitoria ha desestimado por completo el recurso interpuesto por el concejo de Trespuentes contra la resolución ... de la Alcaldía de Iruña de Oca, que en los últimos veinte años ha permitido la continuidad de la actividad extractiva de la cantera Azkorrigana, que está operada por Explotaciones de Canteras Alavesas (Ecalsa) y se encuentra a apenas medio kilómetro de algunas viviendas. La sentencia a la que ha tenido acceso EL CORREO confirma que la cantera cuenta con una licencia de apertura válida, pese a haber sido otorgada hace más de veinte años, como consecuencia de «silencio administrativo» y descarta cualquier irregularidad en su funcionamiento. «Se declara esta conforme a derecho», concluye.

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El conflicto se originó cuando la junta administrativa de Trespuentes solicitó la suspensión de las operaciones de la cantera, argumentando que carecía de la licencia de apertura necesaria. Sin embargo, el tribunal ha determinado ahora que la autorización se concedió de facto en 2004, debido a la inactividad del Ayuntamiento de Iruña de Oca, que no emitió una resolución expresa tras la solicitud de Ecalsa. Según el fallo, la normativa aplicable en ese momento, que no la actual, establece que la falta de respuesta municipal equivale a un silencio administrativo positivo, lo que legitima la actividad de esta explotación.

Los responsables del concejo también pedían declarar caducada la declaración de impacto ambiental (DIA) del año 2000, pero la magistrada Cristina Vicente Notario rechaza asimismo este argumento. La normativa vigente en aquel año no establecía plazos de caducidad para la DIA, y el tribunal constató que no existió negligencia por parte de Ecalsa, ya que la explotación lleva activa más de dos décadas. Además, se descartaron las acusaciones de clandestinidad, al no haberse demostrado que la actividad extractiva vulnere el planeamiento urbanístico.

Legalidad

El fallo con fecha 2 de octubre aclara que no se han analizado cuestiones relacionadas con posibles incumplimientos actuales, como ruidos o polvo, ya que estas exceden el objeto del recurso, que se limitaba a evaluar la legalidad de la resolución municipal. Estas cuestiones son motivo de queja por parte de quienes habitan en el núcleo urbano situado a menos de medio kilómetro de esta cantera y que desde hace mucho tiempo ha estado tomado por pancartas como «stop cantera» y «no más ruido» colocadas por una mayoría de sus 300 vecinos.

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De esta manera, la cantera de Trespuentes (Azkorrigana) podrá seguir operando sin interrupciones. A partir de aquí, el concejo podría plantear nuevas acciones legales si considera que persisten irregularidades en el funcionamiento de la explotación.

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