Accidente laboral
Diez años en los tribunales por un bolazo en un campo de golf de ÁlavaEl Tribunal Supremo desestima el último recurso posible de la empresa dueña del campo y que pedía a la aseguradora que se hiciera cargo de los 11.000 euros abonados al empleado, herido en un campeonato de España
En el verano de 2013, un conocido campo de golf alavés albergó un campeonato de España femenino. Durante la última jornada del torneo, una jugadora ... erró el golpeo y su bola impactó en un empleado. Resultó herido, por lo que este trabajador instó un procedimiento civil contra su empresa y el ente federativo.
Tiempo después, un juzgado condenó a ambos a indemnizarle con un global de «15.961 euros». De esa cantidad, el campo de golf le ingresó 11.398,43 euros. Hasta aquí, todo normal. El lío arranca cuando esta instalación abrió, ya en 2017, otra vía judicial contra su propia compañía de seguros por entender que debía aplicar una póliza de «responsabilidad civil patronal». Básicamente le reclamaba el dinero desembolsado al lesionado.
El juzgado receptor del caso, Primera Instancia número 6, desestimó su reclamación al entender que no concurrían todos los «requisitos exigidos en la cláusula para su cobertura, por lo que la aseguradora no tenía que indemnizar». Es más, ordenó a la firma alavesa «el abono de las costas procesales devengadas en la presente causa».
Nuevo recurso
¿Cuál fue la respuesta del campo de golf? Recurrir a una instancia superior, la Audiencia Provincial de Álava. Un año más tarde, en octubre de 2018, esta sala también se posicionó en contra de mover una coma del primer fallo.
El asuntó no se apagó ahí, puesto que la empresa alavesa recurrió al Tribunal Supremo. Hace ahora quince días, esta sala acaba de dar carpetazo judicial al bolazo. Diez años han transcurrido. Entra al fondo de la cuestión, si la cláusula firmada entre la empresa y la aseguradora encaja en el accidente sufrido por el empleado. Para el ponente Pedro José Vela, no es el caso. Es decir, que esos 11.398,43 euros fueron abonados por el actor correcto.
El fallo, contra el que no cabe recurso y cierra una década de pulso judicial, incluye además una consecuencia económica para el demandante. El Supremo le impone las costas del proceso.
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