Los jueces rechazan la denuncia por «fraude electoral» contra el alcalde de Okondo
El caso tiene su origen en 2019, cuando el regidor saliente, el independiente Sergio Tato, acusó a Jon Escuza (PNV) de empadronar a familiares de manera fraudulenta
El PNV aventajó en siete votos a la plataforma independiente Okondo Aurrera en las elecciones municipales de 2019. Un total de 315 frente a 308 ... sufragios. Aquel estrecho margen y ciertas sospechas llevaron a que Sergio Tato, el alcalde saliente sin adscripción política, denunciase a su sucesor, el jeltzale Jon Escuza, por «fraude» en los comicios al supuestamente empadronar de manera fraudulenta a varios familiares en el municipio ayalés. Cuatro años después de llevar este asunto ante la Justicia, la Audiencia Provincial de Álava ha dictado un auto firme que rechaza tales acusaciones.
Un auto judicial con fecha del 14 de septiembre confirma el sobreseimiento y el archivo de diligencias previas por los delitos de prevaricación, fraude electoral y supuesta falsedad documental. Los magistrados creen que en noviembre de 2018 Escuza no tenía competencia para modificar el padrón municipal para inscribir a terceras personas o alterar el censo electoral.
El PNV considera que esta sentencia confirma que Escuza «estaba en lo cierto cuando afirmaba que este caos judicializado formaba parte de una estrategia política que sólo pretendía embarrar su imagen y crear ruido para generar división e incertidumbre en Okondo». El propio Jon Escuza ha asegurado que «a lo largo de esta legislatura se ha visto que lo único que ha pretendido Okondo Aurrera es entorpercer el trabajo, no solo político, sino también el de los técnicos del Ayuntamiento».
Por su parte, Sergio Tato ha insistido esta tarde en sus acusaciones porque «que los jueces no hayan juzgado este tema no significa que no haya un vacío legal que se aprovechó por parte de Jon Escuza. De hecho, no quiso dar explicaciones de las razones por las que se habian empadronado esas personas en su casa y tuvimos que acudir a la vía judicial».
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