Sanidad eximirá del pago de prótesis y sillas de ruedas a los más vulnerables
El mismo real decreto suprimirá las barreras administrativas a la atención sanitaria de los inmigrantes sin papeles en todo el país
El Ministerio de Sanidad va a eximir a más de siete millones de españoles del abono de cualquier copago en la adquisición de prótesis y de otros productos e instrumentos necesarios para afrontar situaciones de discapacidad, tanto temporales como permanentes, como son las sillas de ruedas o los andadores.
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La exención se incluye en un real decreto en fase de elaboración, que entrará en vigor en cuando sea aprobado por el Consejo de Ministros, y que también establece medidas para garantizar que los inmigrantes sin papeles tienen idéntico derecho a la atención sanitaria gratuita que cualquier residente en el país y para ampliar esta cobertura sanitaria pública a todos los españoles residentes en el extranjero y a su familia directa cuando vienen a España a pasar unos días.
Con la aprobación de estos tres cambios, Sanidad quiere liquidar los últimos flecos de los recortes a la universalidad del Sistema Nacional de Salud, al derecho a la salud pública y gratuita de todos los residentes en España por el mero hecho de serlo, que impuso en 2012 el Gobierno popular de Mariano Rajoy. El borrador de real decreto está ahora en fase de audiencia pública y será llevado al Consejo de Ministros una vez se estudien las alegaciones de particulares e instituciones que recibirá en las próximas semanas. Tras su aprobación, entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE.
La norma garantiza la asistencia gratuita a los españoles residentes en el extranjero y a sus familias en sus visitas a España
Los beneficiarios de la exención del copago ortoprotésico serán los ciudadanos pertenecientes a los colectivos más vulnerables de la sociedad española, los mismos a los que desde hace cuatro años y medio largos, desde el 1 de enero de 2021, el Gobierno liberó de cualquier copago en la adquisición de los medicamentos que les recetan los médicos de la sanidad pública.
Se trata de los pensionistas cuyos ingresos anuales no superen los 5.635 euros de base liquidable en la Declaración de la Renta y los que, de hecho, no tienen que pagar IRPF alguno ni hacer declaración por tener unos ingresos de menos de 22.000 euros anuales. Con la misma exención contarán las familias de los menores afectados por una discapacidad del 33% o superior; los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital o de rentas de integración autonómicas; y los perceptores de la prestación no contributiva por hijo o menor a su cargo. El cuadro de los exentos lo completan los parados sin subsidio ni prestación, los perceptores de pensiones no contributivas y algunos perfiles muy concretos de enfermos.
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La exención se aplicará a todo tipo de prótesis externas, como las de extremidades, articulaciones, cara o boca; a las órtesis, las estructuras correctoras de columna, manos o pies; al calzado ortopédico; a las sillas de ruedas, andadores, muletas o bastones; y a otros elementos como pueden ser los vendajes de compresión.
Un procedimiento igual para todos
Los cambios que afectan a los inmigrantes sin papeles buscan implantar en todo el país el mismo procedimiento para que estas personas accedan libremente a la sanidad pública porque, desde que se les reconoció el derecho en 2018, el ministerio ha detectado diferencias según la autonomía de que se trate y que algunas comunidades ponen barreras administrativas a las solicitudes que dificultan el cumplimiento de la ley. La idea es que estos residentes sin papeles puedan acceder a la sanidad pública de forma sencilla y desde el primer día que les haga falta.
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Los pasos, fundamentalmente, son dos. Deben acreditar que llevan viviendo en España al menos tres meses. Para ello les sirve un certificado del padrón, pero también certificados escolares (sobre matriculación suya o de sus hijos), facturas de suministros a su nombre (luz, gas, agua, teléfono, internet) o un informe de los servicios sociales. En segundo lugar, deben presentar una declaración responsable, cuyo impreso incluye el propio decreto en un anexo, en la que confirman que no disponen de cobertura sanitaria por otra vía (privada, de otro país...). Pero, para evitar dilaciones, desde la misma solicitud, y a la espera de la resolución, se les dará un documento provisional que les garantiza la atención. La solicitud debe resolverse en un máximo de tres meses. Si en ese tiempo no hay respuesta se entenderá concedida.
El real decreto también amplía el derecho a la atención sanitaria gratuita a todos los españoles de origen que residen en el extranjero durante sus estancias temporales en España. El derecho incluye a los familiares que les acompañen (cónyuge o pareja de hecho y descendientes menores de 26 años o con discapacidad reconocida). Hasta ahora este derecho solo lo tenían en sus visitas los españoles residentes en el exterior que trabajaban o que eran pensionistas.
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