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Nuevas medidas en Euskadi

En qué casos podrás salir de tu municipio si está en alerta roja

EL CORREO

Miércoles, 13 de enero 2021

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El Gobierno vasco ha decidido este jueves los municipios que quedan confinados perimetralmente. Muskiz, Amorebieta, Bermeo, Lekeitio, Gernika, Markina, Mundaka, Zamudio y Sondika se han visto afectados por estas medidas. Para ello, y según los criterios que presentó el lunes el Ejecutivo de Urkullu, se tendrá en cuenta la tasa incidencia de contagios en los últimos 14 días. De esta forma, han quedado cerradas las localidades con una tasa de incidencia igual o superior a 500 casos por cada 100.000 habitantes los últimos 14 días. Además, en estos municipios en zona roja también se cerrarán la hostelería y las casas de apuestas, y se prohibe el deporte escolar y el ejercicio físico en grupo.

En todo caso, según lo publicado este martes por Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) hay excepciones por las que sí se podría salir y entrar en un municipio confinado. Son las siguientes:

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales

c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Asimismo, en el BOPV del 12 de enero se especifica que podrá ser un medio de acreditación la declaración responsable que constituye el documento firmado por la persona interesada en el que estamanifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en este Decreto para justificar las excepciones a la limitación de movilidad. Esta declaración deberá precisar los requisitos que se pretenden acreditar en relación con el origen, destino y causa del desplazamiento. La inexactitud o falsedad de cualquier dato o información que se incorpore en la declaración responsable determinará la imposibilidad de continuar el desplazamiento, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar.

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