

Secciones
Servicios
Destacamos
Edición
El recurso del Gobierno vasco llegó tarde y la Justicia ha anulado de forma definitiva la prevalencia del euskera en el trabajo diario de los ... ayuntamientos. El Tribunal Supremo ha dado carpetazo a un proceso judicial iniciado por el PP vasco. Los populares recurrieron ante el Tribunal Superior vasco el decreto de 2019 que desarrollaba la polémica Ley de Instituciones Locales, aprobada en 2016, y que el Constitucional consideró que «menoscaba los derechos lingüísticos». Entre otros aspectos, determinaba que el euskera era la lengua preferente en los ayuntamientos y en su relación con los administrados.
El procedimiento ha llegado a su punto final después de que haya caducado el plazo para que el Gobierno vasco presentara su recurso. Todo comenzó en 2020. El PP llevó a los tribunales varios artículos del decreto sobre normalización del uso de las lenguas oficiales en las instituciones locales de Euskadi. El presidente de la sala de lo Contencioso-Administrativo, Luis Ángel Garrido, rechazó la mayor parte del recurso de los populares, pero les dio la razón en dos puntos clave y anuló sendos artículos. El primero es el 18 en sus apartados 1 y 2, que establecía que la documentación interna de los ayuntamientos (convocatorias, órdenes del día, mociones, dictámenes, actas...) «podrá ser redactada en euskera» salvo en aquellos casos en que un trabajador «pudiera alegar válidamente el desconocimiento» de la lengua utilizada. «No puede haber predominio o superioridad» de una lengua oficial «sobre la otra», apuntaba el fallo.
El segundo apartado anulado fue el artículo 33.5 del decreto. Señalaba que las instituciones emplearán el euskera o castellano en sus anuncios en función del grado de conocimiento de los ciudadanos. El tribunal considera que la Administración local debe actuar «sin discriminación por razón de la lengua» de los habitantes, y que las comunicaciones oficiales deben realizarse en ambos idiomas oficiales.
El Gobierno vasco anunció un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El plazo de 30 días se abrió el pasado 27 de enero, cuando los magistrados enviaron una notificación a las partes. El 17 de marzo, el alto tribunal declaró «desierto» el recurso. Ese mismo día, el Ejecutivo autonómico envió su escrito.
El problema, según se puede leer en un auto del Supremo fechado el pasado 2 de abril, es que el Gobierno entendió que el plazo comenzaba a correr el 3 de febrero, cuando se dictó una segunda diligencia judicial. Es decir, los servicios jurídicos de Lakua llegaron una semana tarde. Así las cosas, la sentencia dictada por el Superior vasco ya es firme sin que el Supremo haya entrado a analizar el fondo de la cuestión, por lo que tampoco ha establecido jurisprudencia.
Fuentes del PP señalan que el decreto impugnado «vulneraba derechos lingüísticos fundamentales y ahora los tribunales lo han corregido». «Esta sentencia es una garantía para todos los ciudadanos y una llamada de atención sobre los límites que no deben cruzarse cuando se regula en materia lingüística», subrayan.
No obstante, el Tribunal Supremo se va a pronunciar sobre el fondo porque tiene encima de la mesa otro caso muy similar sobre el mismo decreto, impulsado por Vox. Esta formación recurrió otros artículos de la normativa distintos a los impugnados por el PP.
El juez Garrido le dio la razón y anuló diez puntos de la normativa, algunos de gran relevancia, como el que considera el euskera «lengua de servicio y de trabajo de uso normal y general» en las instituciones locales (art. 12), o el que establece que los funcionarios deben dirigirse en un primer término en euskera a los ciudadanos (art. 27.1.a). El caso está en el Supremo. «Esperamos que pronto obtengamos una sentencia definitiva que devuelva la estabilidad y mantenga en vigor el decreto», apuntan fuentes del Gobierno.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Encuentran muerta en un río a la actriz Sophie Nyweide
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.