La multa por dejar la bolsa de la compra en la plaza de aparcamiento
El Reglamento General de Circulación prohíbe «depositar o abandonar» sobre la vía objetos que «puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento»
B. V.
Sábado, 18 de febrero 2023, 00:39
Conocer al dedillo el Código de Circulación puede evitarnos más de una multa. Años después de sacarse el carnet de conducir, una persona va olvidando ciertos aspectos de las normas. De hecho, algunas ni las conocen. Como la que se expone a continuación: un conductor que deja la compra del supermercado en una plaza de parking y abandona el lugar podría ser multado con 80 euros. Se considera una falta leve que no acarrea la pérdida de puntos, según la DGT.
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Esta sanción vendría explicada por lo expuesto en el artículo 12, que dice así: «Se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos o deteriorar aquélla o sus instalaciones, o producir en la misma o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar o estacionar».
De esta forma, una persona que olvide, por ejemplo, la compra en una plaza de estacionamiento puede ser multado. Y es que esta acción impide que otro vehículo pueda aparcar en un lugar habilitado para ello.
La Ley de Tráfico y Seguridad Vial especifica que no se puede bloquear un espacio de aparcamiento para algún familiar o amigo. De hecho, algunas personas se quedan en una plaza 'guardado' el sitio a otra. La norma es clara: «Los peatones no podrán permanecer detenidos en el arcén ni en la calzada, ni aunque sea a la espera de un vehículo, ya que para subirse tendrán que esperar guarecidos a que este se encuentre a su altura».
La Ley es clara al respecto. Pese a que sea habitual y mucha gente lo haga, bloquear un sitio con algún amigo o familiar no está permitido y el vehículo que desee aparcar puede hacerlo. La multa por atravesar la calzada fuera del paso de peatones es de 80 euros.
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La cesta en el asiento trasero
La dirección General de Tráfico ha advertido más de una vez de la peligrosidad que supone transportar bultos en el asiento trasero del coche. De hecho, si están sueltos puede acarrear una multa de 200 euros.
Un ejemplo de ello sería la compra del supermercado, la cual muchos conductores, y los que no lo son, la dejan mal colocada en la parte de atrás, lo que puede acarrear una sanción. Esta infracción está reflejada en el artículo 14 del Reglamento General de Circulación (RGC). En él se dice que la carga transportada en un vehículo no debe «arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa». En ese mismo apartado se específica que la carga no puede «comprometer la estabilidad del vehículo» o puede suponer una multa de 200 euros.
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