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Lanbide suspenderá la RGI a los perceptores que rechacen una oferta de trabajo

El Servicio Vasco de Empleo establece unas obligaciones a cumplir por los beneficiarios de la Renta de Garantía de Ingresos

Sábado, 8 de febrero 2025, 10:53

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El Servicio Vasco de Empleo establece ciertas obligaciones con aquellas personas que cobran la Renta de Garantía de Ingresos. Uno de los principales requisitos que exige Lanbide a los perceptores de esta ayuda es la obligación de aceptar una oferta de empleo de una empresa. Eso sí, cuenta con algunas excepciones para considerar ese rechazo como causa justificada.

Por ejemplo, según especifica en su página web, una se considera una excepción «cuando no coincida con las preferencias manifestadas por la persona» o no corresponda «con la profesión desarrollada en el último año por aquella, con la formación propuesta por el servicio de orientación para el empleo de Lanbide o correlación con sus aptitudes físicas y formativas». También «cuando no haya compatibilidad del horario de transporte público desde el domicilio de la persona titular o beneficiaria de la prestación con el lugar de trabajo» o si la distancia supera los 70 kilómetros de distancia del domicilio de la persona titular.

El Servicio Vasco de Empleo también toma como causa justificada que «se acredite que el tiempo mínimo de desplazamiento para acudir al puesto de trabajo supera el 25 % de la jornada diaria de trabajo» o «cuando el coste del desplazamiento en transporte público suponga un gasto superior al 20% del salario mensual ofertado».

Lanbide también puede considerar una excepción aquellas circunstancias en las que «no haya conciliación». Si el empleo no permite «el cuidado de las personas menores de catorce años o con discapacidad a su cargo, o de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismos». Un último caso que permitiría a un perceptor rechazar un empleo es si «el salario no resulta adecuado por no ser equivalente al del puesto de trabajo ofertado, atendiendo al convenio de empresa o al convenio sectorial que resulte de aplicación».

La RGI (Renta de Garantía de Ingresos) es una prestación económica mensual con la que Lanbide, el Servicio Vasco de Empleo, atiende las necesidades básicas de las personas y familias que no disponen de recursos suficientes. A esta ayuda pueden acceder personas desempleadas, trabajadores con pocos recursos, pensionistas, perceptores de otro tipo de pensiones, inmigrantes sin permiso de residencia... Aunque el Gobierno vasco exige ciertos requisitos a cumplir por parte de los solicitantes.

Se trata de una ayuda que se determina a partir de los ingresos mensuales y de la renta máxima garantizada que le corresponde a su unidad de convivencia. Para poder optar a ello, el patrimonio máximo (no se incluye la vivienda habitual) de la unidad de convivencia no puede ser igual o mayor a cinco veces la cuantía de la renta máxima garantizada que correspondería a la unidad de convivencia durante un año.

  1. Otras obligaciones a cumplir

-No rechazar una oferta de empleo.

-No cesar voluntariamente de su actividad laboral o causar baja voluntaria en un puesto de trabajo.

-No acogerse a una situación de excedencia voluntaria o a una reducción de jornada.

-No abandonar voluntariamente un curso de formación para el empleo procurado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o por una entidad colaboradora, o abstenerse de acudir a este o de participar en un proceso de selección para el empleo propuesto por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

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