Hacienda controla a los usuarios de Wallapop, Vinted o AirBnB

Una nueva normativa obliga a comunicar al fisco los datos sobre vendedores que realicen al año al menos 30 operaciones con un importe igual o superior a 2.000 euros

Jorge Murcia

Sábado, 3 de febrero 2024, 00:31

Hacienda estrecha el cerco sobre plataformas digitales como Wallapop, Vinted o AirBnB. Estos operadores estarán obligados a informar a las autoridades fiscales sobre las operaciones que lleven a cabo vendedores considerados habituales.

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No obstante, se fija una franquicia para aquellos que utilicen estas plataformas de manera ocasional, siempre y cuando realicen al año menos de 30 operaciones, con un importe no superior a 2.000 euros.

Esta obligación viene recogida en un real decreto aprobado el pasado 30 de enero, que a su vez traspone una directiva europea -la conocida como DAC 7- sobre intercambio de información fiscal entre países de la Unión Europea (UE) respecto a operaciones digitales.

El decreto desarrolla las normas y procedimientos relativos a «la obligación de información y de diligencia debida» de los operadores de plataforma digital registrados en España respecto a los vendedores que las utilizan, «en la medida que dicha plataforma permite a los vendedores ponerse en contacto con otros usuarios para lleva a cabo una actividad pertinente».

Ese tipo de actividades «pertinentes» son el arrendamiento o cesión temporal de uso de bienes inmuebles, los servicios personales, la venta de bienes, y el arrendamiento de cualquier medio de transporte.

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Según se expone en el real decreto, las plataformas «deberán comunicar diversos datos relativos a las operaciones en las que intermedian tales como: identificación de los operadores de plataforma y vendedores; actividades desarrolladas por estos; contraprestación e identificación de las cuentas financieras utilizadas para su cobro; tributos, comisiones, tarifas y otras cuantías retenidas o cobradas por el operador, entre otros datos».

Los operadores tienen que facilitar esta información «durante el mes de enero del año posterior a aquel en el que el vendedor haya sido identificado como vendedor sujeto a comunicación de información».

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Pendientes de una orden regulatoria

Sin embargo, la declaración que deben presentar este 2024 respecto al año natural de 2023 tendrá un plazo específico de dos meses a partir de que entre en vigor la orden reguladora del modelo de declaración, que todavía está pendiente de publicar.

Al margen de los vendedores ocasionales -los que no superen los límites anuales de 30 operaciones y 2.000 euros-, quedan excluidos de la obligación de informar las entidades estatales y las cotizadas.

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La información será intercambiada por la administración tributaria española con el estado miembro de la Unión Europea donde resida el vendedor o, en el caso de arrendamiento, en el país donde esté localizado el inmueble.

La normativa también prevé que estos datos también puedan intercambiarse con 'jurisdicciones socias' ajenas a la UE, en el marco del Acuerdo Multilateral suscrito en la OCDE.

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