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El requisito que los desempleados mayores de 45 años deben cumplir para cobrar el subsidio de 570 euros del SEPE

El subsidio por agotamiento de la prestación contributiva obliga a haber percibido un mínimo de meses de esta ayuda

Jueves, 6 de febrero 2025, 17:44

El Servicio Público de Empleo Estatal ha cambiado a través de su reforma las reglas de juego para el subsidio 'convencional', el de agotamiento de la prestación contributiva. Se trata de una ayuda que otorga un ingreso de 570 euros, una cantidad que se reduce escalonadamente hasta 480 con el paso del tiempo, a aquellos que han agotado el paro y siguen sin encontrar trabajo. Para ello, exigen un mínimo de meses de prestación ya disfrutada para acceder a ella y establece su duración en base a la edad del solicitante y si tiene cargas familiares.

Con la supresión del subsidio específico para mayores de 45 años, ahora es esa la edad que se toma como referencia para determinar la duración de la ayuda, además de las responsabilidades familiares. Por ejemplo, las personas menores de 45 años necesitan haber agotado al menos 360 días de paro para acceder a un subsidio de seis meses. En cambio, las personas mayores de 45 años deben haber consumido menos, unos 120 días de prestación contributiva, para recibir ese medio año de subsidio.

Esa duración de la prestación cambia si el solicitante cuenta con responsabilidades familiares. Si tiene cargas, la edad es indiferente Tendrán derecho a un subsidio de hasta 24 meses si han consumido al menos 120 días de su correspondiente prestación contributiva. Si han consumido al menos 180 días, el subsidio podrá extenderse hasta los 30 meses.

El Servicio Público de Empleo Estatal también ofrece la posibilidad de acceder al subsidio a aquellas personas que no cubren ese periodo mínimo de prestación contributiva agotada. Se trata del subsidio por insuficiencia de cotizaciones. Se destina a aquellos cuyo periodo mínimo de cotización ha alcanzado los 90 días de cotización. La duración oscilaría entre los 3 meses y los 21, un máximo contemplado para aquellos que tengan responsabilidades familiares y hayan cotizado 180 días.

El Real Decreto-ley 2/2024 también ha mejorado la cuantía del subsidio. De los 480 a los 570 euros mensuales, una subida de 90 euros. Eso sí, se trata de una cifra que irá reduciéndose de forma escalonada según crece el tiempo en el que se percibe la prestación. El aumento del ingreso mensual del subsidio responde al porcentaje del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) a aplicar, un baremo fijado en 600 euros y del que se extrae la cuantía correspondiente mediante el cálculo de una proporción. Ahora se dividen en tres tramos:

-Los 6 primeros meses: los perceptores cobrarán el 95% del IPREM (570 euros, con el IPREM actual).

-Los 6 meses siguientes: el 90% del IPREM (540 euros).

-El resto de tiempo: 80% del IPREM (480 euros).

Esta subida no se aplica al subsidio para mayores de 52 años, que mantiene sus condiciones previas a la reforma, por lo que sus perceptores también continúan cotizando por el 125% del Salario Mínimo Interprofesional.

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