El caso de los empresarios vascos contra los jueces
El llamamiento de Biurrun para que los temporales pleiteen por mayores indemnizaciones ha encendido a las patronales
Ana Barandiaran
Domingo, 30 de octubre 2016, 01:28
Vuelven a saltar chispas entre el empresariado vasco y los jueces. Ya ocurrió con la reforma laboral de Rajoy, cuando los primeros acusaron a ... los segundos de «combatir» la nueva regulación con sentencias que protegían en exceso a los trabajadores y no respetaban el espíritu de la ley, llegando incluso al «despropósito». En esta ocasión la cuestión de fondo es el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la UE contra la discriminación de los empleados temporales en su indemnización al finalizar la relación laboral, trasladada a Euskadi por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), presidida por Garbiñe Biurrun. Más que esta aplicación, muy discutida en el ámbito jurídico, lo que ha encendido a la patronal es que la magistrada, que estuvo a punto de ser candidata a lehendakari por Podemos, se haya paseado por los platós animando a los ciudadanos a demandar. El enfado es mayúsculo.
Para que uno pueda emitir un veredicto sobre este nuevo enfrentamiento primero hay que conocer la opinión de las partes y, sobre todo, los hechos. Todo arranca en el Tribunal de la UE (TJUE), donde llegó el caso de una secretaria del Ministerio de Defensa que llevaba siete años sustituyendo como interina a una liberada sindical. Al volver ésta, la primera se quedó sin trabajo y sin indemnización porque la normativa española no la contempla para los contratos de interinidad (otros temporales como los contratos de obra tienen derecho a 12 días y los indefinidos, a 20 días en el supuesto de despido por causas objetivas).
El Tribunal de la UE resolvió que la normativa nacional contraviene la directiva europea contra la discriminación «al denegar la indemnización al trabajador interino mientras que la permite para el fijo comparable». Se desató entonces un gran debate sobre la sentencia y sobre su aplicación, pero el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había elevado la cuestión a Luxemburgo, no vaciló: decidió que la trabajadora interina merecía 20 días por año trabajado, lo mismo que un indefinido despedido por causas objetivas.
Fallos pioneros
Entonces entró en escena el TSJ del País Vasco, con sendas sentencias rompedoras y muy cuestionadas en las que extendía los 20 días de indemnización a todos los temporales, aunque tuviesen contrato de obra, y al ámbito de la empresa privada. En ambas fue ponente José María Asenjo y su criterio quedó avalado en el pleno por mayoría.
El salto dado por el tribunal de Euskadi desató una tormenta. Los empresarios advirtieron de la inseguridad que provocaba (las sentencias tienen efectos retroactivos para un año atrás) y del riesgo de que se frenen las contrataciones. Y en ese contexto Biurrun se prodigó en la televisión es una habitual tertuliana para animar a los trabajadores a demandar. Muy molesto, el presidente de Confebask, Roberto Larrañaga, le exigió «prudencia y ecuanimidad» porque «no se puede adelantar» el resultado de las sentencias futuras. «Nosotros no hemos comentado nada sobre la sentencia. Lo que censuramos es que cuando hay abierto un debate jurídico sobre la aplicación del criterio del Tribunal de la UE, Biurrun llame a pleitear desde los medios de comunicación», apunta Jon Bilbao, director del Departamento Jurídico Laboral de la patronal.
La magistrada considera «kafkianos» los reproches de los empresarios. «Voy a poner un ejemplo que no quiero poner; desde el poder judicial se está animando a las mujeres víctimas de agresiones a denunciar y eso no quiere decir que se esté prejuzgando el resultado de cada litigio», señala, y aclara: «Nuestra sentencia no vincula a los juzgados de lo Social; ahora bien, nuestro criterio, adoptado en pleno, se va a mantener hasta que no haya otro superior en sentido contrario». También rechaza eso de que los jueces sólo deben hablar a través de sus sentencias. «Muchos hablan en foros y encima cobran por ello. Yo prefiero hacerlo en los medios de comunicación para que se enteren los que están en casa cocinando», sostiene.
Biurrun reconoce que cuando tuvo por primera vez conocimiento de la resolución del TJUE por los medios de comunicación creyó que éstos la habían entendido mal. «Pensé que no podía ser, que era un error». Pero cuando la leyó, no le cupo duda. «Era clarísima», afirma. No descarta que pueda haber interpretaciones judiciales distintas, lo que elevaría el asunto al Tribunal Supremo. No obstante, ella defiende el criterio adoptado por su Sala y cuenta con argumentos de peso. «Ha pasado desapercibido, pero el pleno del Supremo acaba de ratificar una sentencia nuestra en la que aplicamos lo stablecido por el Tribunal de la UE». Se refiere al caso de la planta de Zardoya Otis en Mungia y a su consideración de que para calificar un despido como colectivo hay que tomar como referencia el centro de trabajo y no la totalidad de la empresa.
Un 80% de las sentencias dan la razón a los trabajadores
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En todo juicio hay que presentar pruebas y los empresarios vascos pueden echar mano de las estadísticas para respaldar su acusación de que los jueces de Euskadi acostumbran a inclinar la balanza hacia el lado de los trabajadores. En el último ejercicio y en materia de despidos individuales, un 67% de las sentencias fueron favorables a los empleados y un 13% les dieron la razón al menos en parte. Por tanto, sólo un 20% fueron en su contra.
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Son datos recopilados por el Ministerio de Empleo. En la serie de los últimos años se ve que la proporción no ha variado mucho con el tiempo y, en todo caso, ha empeorado ligeramente para el empresario. Así, las sentencias a favor de los trabajadores al menos en parte fueron un 77% en 2014 y un 76% en 2013.
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Pero no se puede decir que sea algo particular de Euskadi porque en el conjunto de España pasa exactamente lo mismo. De las 38.141 sentencias dictadas sobre despidos individuales, un 65% fueron favorables a los trabajadores, un 13% les dieron la razón al menos en parte y sólo hubo un 22% en su contra.
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Despidos
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Hay que recordar que la reforma laboral de 2012 facilitaba considerablemente el despido por causas objetivas al establecer que bastaban tres trimestres consecutivos con ventas a la baja para acogerse a esta figura, lo que se consideró excesivo en algunos ámbitos. No obstante, muchos de los litigios que surgieron entonces fueron por la indemnización de los despidos improcedentes.
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Otro motivo de conflicto surgió con los EREs, debido a que la reforma laboral eliminó la necesidad de autorización administrativa. Los jueces quisieron cubrir la supresión de esta tutela con un control exhaustivo de los procesos. Los empresarios se quejaron de que les echaban abajo expedientes por cuestiones menores de forma. De los siete despidos colectivos impugnados en la Sala de lo Social el año pasado, tres se declararon ajustados a Derecho y cuatro se declararon nulos.
Objeciones
No piensan lo mismo los juristas consultados. «Hay errores de bulto en la sentencia de la UE», señala José Ramón Mínguez, socio de Barrilero. Aunque donde hay más dudas es en cómo la han aplicado los tribunales españoles y, en especial, el vasco. «Cuando el Tribunal de Luxemburgo estima que la normativa nacional contraviene la directiva es un llamamiento al Estado miembro para que la corrija y parece que el ministerio de Fátima Báñez ya ha tomado nota. Para aplicar directamente la sentencia, como han hecho los jueces, hay que tener mucho cuidado. Y el tribunal vasco ha dado una auténtica voltereta al trasladar lo que dice la UE sobre el contrato de interinidad a un contrato de obra», comenta José María Acedo, socio de Cuatrecasas.
Federico Durán, catedrático de Derecho del Trabajo, es más directo: «Pese a todas las dudas sobre su aplicación, los jueces no han refrenado sus impulsos progresistas y pro operario. No pierden ocasión de meter el dedo en el ojo del legislador». Esa percepción de que los magistrados españoles de lo Social son demasiado protectores con los trabajadores cobró fuerza con la aprobación de la reforma laboral de 2012. Ya entonces Jueces para la Democracia emitió un comunicado en el que la calificaba de «uno de los mayores ataques al derecho del trabajo» y se conjuraba para «poner freno a los posibles abusos» derivados del «excesivo poder que otorga a los empresarios».
Biurrun, que está vinculada a ese colectivo de jueces, ha sido muy explícita en su valoración de la reforma laboral. Ha llegado a defender que «se deje sin efecto buena parte de la misma», porque solo ha contribuido a «destruir empleo» y no ha ayudado en absoluto a reducir la temporalidad. Pero lo que más dolió a los empresarios vascos en esa época fue que el presidente del TSJ del País Vasco, Juan Luis Ibarra, cuestionara incluso la constitucionalidad de la nueva regulación.
«El espíritu de la ley era dotar a las empresas de medidas de flexibilidad para afrontar un momento muy difícil en el que su supervivencia estaba amenazada. Pero si la ley decía una cosa, los jueces hacían lo contrario», recuerda Francisco Javier Azpiazu, secretario general de Cebek. La acción combativa de los jueces se ha notado mucho en asuntos como la ultraactividad de los convenios, el despido por causas objetivas o la aprobación de los despidos colectivos, que con la reforma ya no necesitaban autorización administrativa. «Nosotros no hemos hecho nada extravagante en la reforma laboral respecto a otros tribunales. El Supremo ha avalado la mayoría de resoluciones en las que hemos anulado un ERE», defiende Biurrun.
Esas son, en síntesis, las alegaciones de las partes y la exposición de los hechos. El juicio queda visto para sentencia.
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