Una discusión por no fregar los platos en un txoko acaba en el Tribunal Supremo
El máximo órgano judicial rechaza la demanda de un vitoriano que exigía 1.150 euros a 9 miembros de una sociedad gastronómica que le llamaron la atención
Una discusión por no fregar la vajilla y varios utensilios de cocina en una sociedad gastronómica de la capital alavesa ha acabado nada menos que ... en el Tribunal Supremo. La sala de lo Civil del máximo órgano judicial del país ha puesto punto final a la lucha personal emprendida por un socio del txoko hace ocho años. Interpuso una demanda contra otros nueve compañeros de tapete y cánticos al considerar que su llamada de atención por dejar el fregadero repleto de utensilios sucios inició una escalada que «vulneró su derecho al honor y la dignidad».
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El demandante considera que los otros socios «vulneraron» su derecho al honor y la dignidad
lucha de ocho años
Fue en marzo de 2014 cuando tuvo lugar ese primer encontronazo. Un miembro ya fallecido se quejó de su comportamiento por dejar la pila rebosante de platos y otros enseres tras una comida. Aquello derivó en una amonestación verbal que encendió los ánimos del apercibido. Durante meses hubo un tenso cruce de correos electrónicos. Un día, ya en 2017, le dejaron una nota en el libro de reservas con la frase 'No dejar la vajilla en los fregaderos, por favor'. Otra vez llevó a su perro a la sede rompiendo otra regla. El clima interno se enrareció tanto que en la asamblea de 2018 hubo un apartado específico para «conflictos entre socios». Ese día se oyeron acusaciones de «mentiroso» por ambos bandos.
Con esta tesitura, el amonestado presentó una demanda en el Palacio de Justicia al entender que existía «una estrategia sostenida en el tiempo para minar o vulnerar su derecho al honor y la dignidad». En su escrito solicitaba una indemnización global de 1.150 euros a otros nueve socios, la mayoría miembros de la junta y presuntamente involucrados en el asunto. Tuvieron que contratar a un abogado, al vitoriano Pablo Grisaleña.
«No reviste gravedad»
El Juzgado de Primera Instancia número 3 fue el primero en quitar hierro al asunto. «La imputación no reviste una gravedad tal que pudiera considerarse atentatoria con el derecho al honor del demandante», dictó hace ahora dos años y medio la jueza María Cruz Pérez. La Fiscalía también se retiró.
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Pese a ello, el supuesto agraviado decidió alargar su cruzada legal y recurrió el fallo a la Audiencia Provincial de Álava. Tuvo que aguardar hasta el 4 de mayo de 2020. En pleno confinamiento, la sala de lo Civil desestimó «íntegramente» su recurso. En las conclusiones le recordaron que «no se le había impuesto sanción alguna por dejar la vajilla sin lavar.
Agota las opciones legales en un peregrinaje que la habría costado «entre 4.000 y 6.000 euros»
Tras el último revés
El nuevo revés tampoco enfrió su calentón, por lo que decidió gastar su última bala y pedir amparo al Supremo, sin tener en cuenta el costo económico de semejante peregrinaje. «La factura por acudir a esta instancia supone una factura total que oscila entre los 4.000 y los 6.000 euros», desvela un abogado.
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El dictamen del Supremo acaba de producirse. El auto lleva la firma del magistrado Francisco Marín y, como sus antecesores, quita hierro judicial a esta desavenencia de salón. «El recurso no puede ser admitido porque se construye sobre un enfoque que excede los hechos enjuiciados». El demandante «sigue» de socio en esta sociedad gastronómica.
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