El acusado se lanza al vacío.

Condenado a 7 años y medio de prisión por quemar el piso donde antes asesinó a su exmujer y exsuegra en Vitoria

El incendio tuvo lugar el 20 de abril de 2018 en el barrio de Lakua, hora y media después de que el procesado cometiera el doble crimen, por el que ya fue sentenciado a 47 años en 2022

Jon Ander Goitia

Miércoles, 29 de mayo 2024, 15:09

La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a 7 años y 6 meses de cárcel al hombre acusado de quemar, el 20 de abril de 2018, la vivienda de su exesposa en el barrio vitoriano de Lakua poco más de una hora y media después de asesinarla a ella y a su madre. Un doble crimen por el que ya cumple sentencia en la cárcel. Javier Rubia fue penado a 47 años por los asesinatos de su ex, María José Bejarano, y de la que fuera su suegra, Florentina. Se le castigó a este exoperario guipuzcoano por dos asesinatos con alevosía con la agravantes de género y ensañamiento.

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La Audiencia de Álava declara probado en una sentencia notificada este martes que el hombre llevó a cabo el incendio «imbuido» por un «sentimiento de enojo por la decisión» de María José de poner fin al matrimonio y con el «deseo de desquitarse y borrar su recuerdo».

El tribunal le considera autor de un delito de incendio con la circunstancia agravante de discriminación por razón de género. El fiscal solicitaba 20 años para el hombre por el incendio de la vivienda.

Además de la condena de prisión, fija que el indemnice a los dos hijos de la pareja con 30.379,62 euros por los daños materiales ocasionados en el piso, propiedad ahora de ellos, y otros 30.000 euros (15.000 euros a cada uno) por el «sufrimiento psíquico provocado por la destrucción de recuerdos y objetos relacionados con su madre, con su abuela y con su infancia anterior». También falla que abone 86.413,59 euros a una compañía de seguros.

El tribunal estima probado que el hombre fue el autor del incendio y asegura que existen «pruebas abrumadoras» de que fue «intencionado». Así, y entre otras, se remite a lo declarado por los bomberos en la vista oral que confirmaron que encontraron tres focos y una sustancia oleaginosa, probablemente aceite, en el lugar. «La existencia de tres focos, con acopio de muebles a modo de hoguera, y el hecho de haber sido vertido un líquido combustible o acelerante, evidencian, sin lugar a la duda, que hubo conciencia y voluntad de provocar un incendio», dice la resolución.

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La Audiencia de Álava reconoce también que, aunque el incendio originó un peligro para la integridad física de los vecinos del inmueble, de nueve plantas, el fuego fue extinguido por los bomberos en «menos de 5 minutos, y apenas 17 minutos después de su inicio». Por ello, no hubo heridos y los daños en las zonas comunes fueron «relativamente escasos». Este hecho se tiene en cuenta a la hora de fijar la pena.

El tribunal estima procedente aplicar la agravante de discriminación por razón de género al considerar probado que el hombre actuó «imbuido por un sentimiento de enojo por la decisión de su exesposa de poner fin en su día al matrimonio y con el deseo de desquitarse y borrar su recuerdo».

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«Concurrió un deseo de borrar» su recuerdo, «de vengarse de ella incluso después de muerta». «No aceptó que ella ejercitara libremente su autonomía y voluntad (…) y decidió aplicar su personal y brutal castigo, primero matándola y después quemando su piso. Estamos, en definitiva, ante un acto de subyugación machista que confiere un plus respecto a los elementos de tipificación del delito de incendio», afirma la Audiencia de Álava.

Respecto a la responsabilidad civil de procesado por los daños morales, el tribunal considera que los hijos de la pareja han tenido un «sufrimiento añadido al inherente a la muerta de su madre y de su abuela materna» por este incendio, ya que perdieron «fotografías y otros recuerdos de su infancia y de su madre».

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«Resulta evidente que la pérdida de su madre, con la que convivían en ese piso, y de su abuela, es una fuente de dolor inmenso» para estos niños, incide la Audiencia de Álava, que añade que existe un «daño moral adicional (…) provocado por la destrucción de recuerdos y objetos relacionados con personas queridas que no volverán y con una infancia que pudo ser feliz hasta aquel preciso día».

Esta sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

El condenado es el autor del mayor crimen machista de Álava, ocurrido el 20 de abril de 2018. Este hombre, de 50 años, acudió a la casa de la que fue su esposa durante dos décadas. Sabía que también encontraría a su madre. Persiguió a ambas mujeres por el bloque de la calle Julián de Arrese y las mató a cuchilladas. Las dejó agonizando y se atrincheró en el piso de María José. Cercado por la Policía, le prendió fuego y se tiró desde ese octavo a la colchoneta gigante de los bomberos. Apenas sufrió unos rasguños.

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