Magistrados de la Sala del 61 del Tribunal Supremo aguardan el inicio del juicio la pasada semana. :: EFE
Sentencia

Casi la mitad del Supremo cree que se ha vetado a Sortu «con conjeturas»

Entiende que el partido es un «intento cierto» de romper con ETA y asegura que debía haber prevalecido el «pluralismo político»

ANTONIO SANTOS

Sábado, 2 de abril 2011, 10:59

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La decisión de impedir que Sortu sea un partido más se fundamenta en un «relato construido» con «citas parciales y conjeturas» y no con «certezas objetivas». Es la tesis que en 60 páginas despliegan los siete magistrados del Supremo disconformes con la postura mayoritaria de los otros nueve integrantes de la Sala del 61, que han impedido la inscripción de la nueva marca en el registro de partidos.

Frente al criterio dominante de que la formación presentada en Bilbao el pasado febrero es un «producto» de ETA y Batasuna para «volver a las instituciones» y superar la ilegalización «como vienen haciendo desde hace ocho años», los jueces disidentes, encabezados por el presidente de la Sala de lo Civil, Juan Antonio Xiol, están convencidos de que Sortu es un «intento real» de romper con la banda terrorista. Incluso dan a entender que la tregua declarada el 10 de enero ha venido propiciada por el «radical cambio de orientación» de la izquierda abertzale y su apuesta por los métodos «exclusivamente» pacíficos. Ante la «presión y el temor» de quedarse sin «respaldo social», ETA ha optado por cambiar el paso, advierten.

El tribunal encargado de aplicar la ley de partidos hizo ayer públicos, como estaba previsto, el auto que impide a la nueva formación estar presente en las próximas elecciones municipales de mayo y el voto particular discrepante con la tesis mayoritaria. El 'caso Sortu' ha fracturado casi por la mitad a la Sala del 61 -apenas dos votos han separado a los contrarios de los favorables al nuevo partido- y esa división histórica ha quedado plasmada en la voluminosa resolución distribuida ayer de manera oficial.

Los 277 folios de sentencia -217 a favor del veto y 60 a favor de haberla declarado legal- revelan una discusión de peso y posturas entre los jueces claramente irreconciliables. Por los argumentos expuestos, el Constitucional tiene bazas más que suficientes para dar o quitar la razón a unos u otros una vez que la defensa de la izquierda abertzale, protagonizada por el abogado Iñigo Iruin, presente el esperado recurso de amparo ante el más alto tribunal del Estado. Desde ayer, el letrado guipuzcoano dispone de 30 días hábiles para elevar su escrito. Los plazos previstos por la ley hacen prever que no dará tiempo a que la cuestión se resuelva antes del próximo día 18, cuando se cierra el plazo de presentación de candidaturas.

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El voto particular discrepante facilitará, en todo caso, el trabajo de Iruin, que apenas tendrá que reproducir en su recurso al Constitucional los contundentes 60 folios firmados por los magistrados disidentes, todos ellos del ala progresista. Al documento redactado por Juan Antonio Xiol se han sumado otros dos presidentes de Sala, José Manuel Sieira (Contencioso) y Gonzalo Moliner (Social), un juez de larga trayectoria como José Luis Calvo Cabello y dos recién llegados al Supremo como Alberto Jorge Barreiro y Rafael Gimeno-Bayón.

Iruin y Zapatero

Los siete de la minoría se despachan a gusto. Cargan contra sus compañeros de Sala -del sector moderado y conservador- por haber redactado un auto contra Sortu en función de los indicios que venían «bien» a su tesis, sin prestar atención a los «contraindicios» y «contradicciones» de los testigos ni «acreditar debidamente» un comportamiento ilícito. Y les afean que, en algunos aspectos, hayan sido más críticos con Sortu que la propia Fiscalía. Dicen no entender cómo es posible que, si el Ministerio Público ha reconocido en la izquierda abertzale «un cambio cualitativo» aunque «no suficiente», plasmen en su sentencia que no ha habido «ningún cambio». Y les advierten de que sólo se pueden proscribir «conductas» contrarias a la democracia y no sospechas de una actuación fraudulenta futura. «No puede haber una ilegalización preventiva», sostienen.

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La expresión denota que la bancada progresista del Supremo ha interiorizado como suyas las teorías que Iruin desplegó durante la vista oral celebrada en Madrid la pasada semana. El abogado guipuzcoano fue precisamente quien acuñó el término «ilegalización preventiva». No es esta la única alusión al letrado en el voto particular. Este escrito recoge párrafos prácticamente idénticos a los utilizados por él en su alegato final durante la vista oral.

Los magistrados se atreven, incluso, a lanzar una crítica indirecta al presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, al asegurar que no se puede vincular la legalización de Sortu con la «desaparición de ETA». «No es una exigencia de la ley de partidos», subrayan.

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El grupo de jueces desarrolla su tesis, en definitiva, a partir de dos ideas fundamentales. La primera, que Sortu es un «intento real» de la izquierda abertzale de romper amarras con la violencia y «no es una continuación de Batasuna». La segunda, que la reforma de la ley electoral permite quitar el escaño a aquellos que respalden o jaleen a los terroristas. Y aquí, entienden, debería prevalecer el «pluralismo político» y el derecho de un «sector amplio de la población vasca» de contar con unas siglas «que les representen». Ya habría tiempo después, subrayan, de acometer una «ilegalización inmediata» si volvieran al discurso complaciente con quienes atentan y extorsionan.

Los magistrados no se creen que el nuevo partido forme parte de una estrategia de ETA, porque han realizado un rechazo «explícito» y «nítido» de la violencia. Desmarque que creen «sincero». Restan también validez al documento intervenido a la banda y fechado en agosto de 2009 que, según la mayoría de la Sala, atestigua la voluntad de los terroristas de 'colar' unas nuevas siglas en las instituciones vascas y que es la organización armada la que ha «diseñado» todo.

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En opinión de los disidentes, en este último año y medio la izquierda abertzale ha mantenido un «intenso» debate sobre la necesidad de dejar a un lado la violencia, «en contra de los propósitos de ETA». Hasta tal punto ha llegado la tensión, sostienen, que ha sido ETA la que ha decidido cambiar y admitir el nuevo escenario con comunicados de respaldo para no «perder su influencia» y quedarse sin «apoyo social».

Para los magistrados derrotados en el debate, no existen pruebas suficientes que atestigüen una conexión directa entre ETA-Batasuna y Sortu. Al contrario, entienden que sus compañeros de Sala han «construido un relato» fruto de «conjeturas subjetivas» en el que se empeñan en «identificar» a «los miembros de la izquierda abertzale» con «la banda terrorista ETA y la creación de Sortu como producto de una instrucción directa de ETA».

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Parámetros constitucionales

El único dato existente, precisan, es que las mismas personas que respaldaban a Batasuna están ahora en Sortu. Una vinculación que, advierten, no significa gran cosa porque tanto el Constitucional como el Tribunal de Estrasburgo han subrayado que aquellas personas que formaron parte de partidos ilegalizados tienen derecho a fundar una nueva marca si rechazan la violencia, algo que entienden se cumple en este caso. Lo que tienen delante de sus ojos, aseguran, es «un nuevo partido político creado por un importante sector de la Izquierda Abertzale con arreglo a las exigencias y parámetros constitucionales». Para sostener esta idea entran, incluso, a realizar análisis lingüísticos. Recuerdan que el Constitucional equipara los términos «condena» y «rechazo» y sostienen que los estatutos de Sortu se desvinculan tanto de las acciones futuras de ETA como de las pasadas porque conjugan el verbo 'rechazar' en «presente de indicativo».

Ahora todo queda en manos del Constitucional. Por lo visto ayer, la decisión que tomen no sólo afectará a Sortu. También será interpretada como un triunfo para aquellos magistrados del Supremo a los que ese futuro dictamen dé la razón.

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