¿Me interesa retrasar la jubilación?
La Seguridad Social bonifica a quien demora su retiro, pero esta opción no compensa a todos
Iratxe Bernal
Domingo, 15 de junio 2025, 00:03
En España, de media, la primera paga como pensionista es un 20% más baja que el salario percibido hasta un mes antes, una cantidad que, ... llevada al bolsillo de alguien con una nómina normalita, ronda los 6.000 euros al año. Sumemos a eso lo que le cuesta a algunos adaptarse a un cambio de vida radical. Hay jubilados que en vez de libres, relajados y realizados, se sienten aislados, deprimidos y sin un propósito. Para quienes quieren mejorar sus números o se sienten aún con ganas de trabajar, existe la llamada jubilación demorada, una fórmula con la que la Seguridad Social recompensa a los que alivian la carga del sistema público.
¿Quién puede acceder a ella?
No hay exigencias más allá de haber estado dado de alta en la Seguridad Social al menos quince años y mostrar la intención de seguir trabajando superada la edad de jubilación ordinaria, que en 2025 son los 65 para los trabajadores que tengan cotizados 38 años y tres meses, o los 66 años y tres meses para quienes no alcancen este requisito.
Al margen de esto, «el único impedimento posible es que, por ley o convenio, en el sector no se admita el retraso de la jubilación. Es lo que ocurre con algunos funcionarios o en trabajos que se consideran especialmente penosos», explica Manuel Álvarez, colaborador honorífico de la Organización de Consultores de Pensiones y autor de 'Pensiones. La promesa rota' (LID Editorial).
¿Cómo se bonifica?
La ley establece dos posibilidades, aunque también se puede optar por una mixta. La primera es incrementar de por vida la pensión que nos correspondería si nos jubiláramos en cuanto pudiéramos. Concretamente, cada una de las catorce pagas anuales sumarían un 4% –revalorizable, como la propia pensión– por cada año cotizado de más. La segunda consiste en recibir en un único pago una cantidad de entre 4.800 y los 13.500 euros por cada año trabajado.
Me quedo con el 4%
Si optamos por la renta vitalicia, lo primero que hay que saber es que el 4% se calcula sobre la pensión inicial, pero no modifica nuestra base reguladora. Podemos sumar años de cotización, pero, salvo que se incrementen nuestros ingresos, no mejoraremos la base reguladora empleada para calcular la pensión.
La segunda cuestión importante es que el 'canje' no se hace por meses. No se nos da un 0,33% por mes trabajado, sino que hay que completar períodos de un año o seis meses. ¿Y qué pasa si, por el motivo que sea, no llegáramos a completarlos? «Si hablamos del primer año, lo cotizado se pierde. No se tiene en cuenta. Si, en cambio, dejamos la actividad laboral en cualquiera de los posteriores podremos 'canjear' cada seis meses trabajados por un 2%», aclara el experto.
Una tercera consideración que debemos tener presente es que ese 4% no se hereda. «Del mismo modo que ocurre cuando hay alguna penalización por adelantar la jubilación, la compensación por retrasarla no entra en el cálculo de la pensión de viudedad. Lo que se tiene en cuenta para establecer esta nueva pensión es la base reguladora del fallecido», explica Álvarez.
Y un último matiz; por mucho que nos empeñemos en incrementar nuestra pensión, hay una cuantía máxima marcada por ley que no podemos superar. Este año es de 3.267,60 euros mensuales (45.746,40 anuales).
«Yo diría que sería la fórmula más acertada para los autónomos que tengan un alto nivel de ingresos, que no hayan cotizado mucho o que incluso les falten años que de este modo puede sumar y, por otro, para los trabajadores por cuenta ajena que puedan ver un gran salto entre su último salario y su primera pensión», resume el especialista.
Pájaro en mano. Prefiero el cheque
En este caso el cálculo es más complejo. La fórmula para establecer nuestra compensación dentro de esa horquilla de entre 4.800 y los 13.500 euros varía en función de la cuantía inicial de la pensión y los años cotizados. Para hacernos una idea –no vinculante– podemos usar el simulador de la web de la Seguridad Social. Ah, importante; el cómputo se hace se hace por períodos anuales o semestrales completos, como hemos explicado con el 4%.
«Su principal ventaja es que no hay que esperar para ver amortizado nuestro esfuerzo; el cobro se hace en un único pago y es inmediato. Es un 'pájaro en mano' por lo que pueda pasar. Si vamos a trabajar uno o dos años de más, lo mejor sería optar por la renta vitalicia, por el 4%. Pero a medida que nos hacemos mayores –y hay gente que se jubila a los 75– va interesando más cobrar en forma de capital», opina Álvarez, que era asesor del Gabinete del entonces ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, cuando se creó este complemento.
¿Y en mi caso concreto? ¿Qué me conviene más?
Cada caso es un mundo y, además, nos falta un factor determinante para clavar la recomendación –cuánto viviremos–, pero vamos a echar un cálculo básico que puede darnos alguna referencia. Ahora mismo, la pensión media entre quienes se acaban de jubilar es de 1.562 euros al mes. El 4% que sumaríamos con un año de trabajo equivale, por tanto, a 62,5 euros que, pagados en forma de renta vitalicia durante veinte años, sumarían 17.500 euros de hoy, sin contar las revalorizaciones. Por su parte, la media de las compensaciones en un único pago ahora mismo está en los 18.000, y para ganarlos habría que trabajar entre 1,3 y 3,7 años.
Pero no todo son matemáticas. «Para mí, la verdadera clave para decidir si la jubilación demorada es una buena opción para nosotros es si nos sentimos bien y con energía para seguir trabajando. Si nos sentimos bien, retrasar la jubilación es lo más acertado para nuestra salud física y mental», zanja Manuel Álvarez.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.