Castración química en delitos sexuales
La castración química que quiere implantar Italia para agresores sexuales ya existe en EspañaEl Código Penal recoge que se puede solicitar para un violador o pederasta reincidente, pero es voluntaria. Sin embargo, solo un reo la ha solicitado en nuestra historia, 'el segundo violador del Eixample', en un momento 'delicado' en la historia negra de nuestro país
bilbao. Los castigos para los delincuentes sexuales siempre están en el ojo del huracán. A una parte de la sociedad, las penas de cárcel que ... permiten los códigos penales les parecen poca cosa. Y hay gobiernos que también apuestan por una mayor dureza. Es el caso del ejecutivo de Giorgia Meloni, que ha puesto sobre la mesa la castración química y ha levantado ampollas. Más allá de si su propuesta sale adelante o no, lo cierto es que el asunto provoca miradas de escepticismo. ¿Realmente se puede poner sobre la mesa la posibilidad de someter a este tipo de presos a un tratamiento así? ¿Funciona? ¿Está sujeto al Estado de Derecho?
Pedir la castración química para un reo tienen muchas aristas. La primera tiene que ver con la rehabilitación. «En España tenemos una política criminal que va dirigida a la resocialización del sujeto», señala Elena Íñigo Corroza, profesora de Derecho Penal en la Universidad de Navarra. Sin embargo, este tratamiento no contempla eso. Se trata de una terapia hormonal que inciden en la reducción física de los impulsos sexuales de la persona a través de la toma de determinados medicamentos, pero no tiene efecto en la psique.
Este tratamiento «se centra en bloquear el circuito de formación de la testosterona», explica la uróloga Ana Loizaga. Se realiza a través de inyecciones que se administran «cada tres o cada seis meses, aunque también hay un compuesto que permite que sea anual», prosigue la experta, de la Asociación de Urólogos de España y jefa de sección en el Hospital de Basurto, en Bilbao. Dependiendo de la composición de la dosis, los efectos se experimentan más o menos rápido. Y una vez se retira la medicación, se recupera la función normal paulatinamente. Por ello, la medida puede considerarse reversible.
Lo que es más controvertido son los efectos secundarios, que «son muchísimos y depende de la duración del tratamiento». «No solo afectan a la libido y a las erecciones, también al humor, hay más riesgo de fracturas por pérdida de masa ósea, dificultades cognitivas, pérdida de memoria y de ciertas habilidades, efectos cardiovasculares, aumento del riesgo de diabetes, sofocos, debilidad muscular...», enumera Loizaga. Todo ello redunda en una alteración de la calidad de vida del paciente.
Una cuestión de poder más que de sexo
«Mucha gente ignora que el deseo sexual no es la principal motivación del perpetrador en un gran número de casos de agresiones sexuales», destaca César San Juan, profesor de Psicología Criminal en la UPV/EHU. Con lo cual, el tratamiento solo sería efectivo en una parte física, a la hora de tener acceso carnal, no en la motivación real de estos agresores, que es «la sensación de poder sobre la víctima, vejarla, humillarla, someterla». Y, además, la función eréctil se altera, «pero no al 100%, sino a un 93%», precisa la doctora Loizaga.
«El deseo sexual no es la principal motivación del perpetrador en un gran número de casos de agresiones sexuales»
César San Juan
profesor de Psicología Criminal en la UPV/EHU
El profesor de Derecho Penal de la Universidad de Deusto Emilio José Armaza Armaza concuerda con ello. «Existe un número de delincuentes que cometen estos delitos por una superproducción anómala de testosterona, pero también hay otro grupo de delincuentes sexuales en los cuales la producción de testosterona no tiene nada que ver. Para estos últimos, una castración química no tiene ningún sentido». Y va mas allá, incluso: la literatura sobre el tema incluye un aviso: cuando a algún integrante de este segundo grupo se le ha practicado la castración química y ha vuelto a atacar, la imposibilidad de usar su miembro viril ha hecho que la violencia con la víctima fuera peor.
Para atacar este flanco, hace falta un trabajo psicológico en el que el reo debe poner de su parte. Algo en lo que Instituciones Penitenciarias echa el resto a través de módulos psicoeducativos y terapéuticos en los que se potencia el autocontrol, las habilidades sociales, los valores, la empatía hacia la víctima... Y que no genera tanta contestación.
En el Código Penal, pero sin mención específica
En nuestro país, la posibilidad de someter a un preso a la castración química existe ya. Aunque no se menciona como tal, se aborda en los artículos 106, 98 y 192 del Código Penal, tal y como explica el docente de Deusto. Se trata de «una medida de seguridad que recibe el nombre de libertad vigilada» que llega después de que el delincuente cumple la pena de cárcel que se le haya impuesto.
La libertad vigilada se desglosa en diferentes tipos, desde la obligatoriedad de estar siempre localizable a comunicar dónde vives, residir en determinados lugares o, entre otras, someterse a un tratamiento médico. Y es aquí donde encaja la castración química. No obstante, tal y como desgrana Armaza, será el juez de vigilancia penitenciaria quien «dos meses antes de quedar en libertad» proponga al tribunal qué medida o medidas son las más adecuadas.
Si, por ejemplo, propusiera el sometimiento a un control hormonal de un agresor sexual, sería el magistrado que impuso la pena de prisión quien tenga la última palabra. Y para ello deberá hablar con el preso para conocer si está dispuesto o no. Si no quiere, no puede obligarle. «El Código Penal también establece que no hay quebrantamiento de la libertad vigilada cuando la persona se niega a someterse a un tratamiento médico», puntualiza el docente bilbaíno.
Desde el Ministerio de Justicia confirman que en los últimos años no se ha recibido ninguna petición de este tipo. El único caso se remonta a 2013, cuando lo hizo el 'segundo violador del Eixample', Alejandro Martínez Singul, condenado por cometer diez violaciones y otros cuatro intentos en Barcelona, por exhibicionismo en Francia y por un nuevo intento de agresión a una menor en la Ciudad Condal. Era un momento social muy delicado porque estaba muy reciente el caso Mariluz, el secuestro y asesinato de esta niña onubense a manos de Santiago del Valle, un pederasta con antecedentes.
Sin estudios «fiables» sobre la reincidencia
Uno de los argumentos que esgrimen con más fuerza quienes están a favor de esta medida es la de evitar la reincidencia de los agresores sexuales. Pero los expertos en la materia llevan años exponiendo en estudios que los datos no avalan la medida. «Los estudios sobre este asunto no son muy fiables porque la cifra negra en este tipo de delitos es muy alta. Planteado de otra forma, la mayor parte de las agresiones sexuales no se denuncian» sostiene.
Pero es que, además, «las estimaciones de la mayor parte de los estudios nacionales e internacionales» tampoco sirven de justificación: «Muestran tasas de reincidencia entre el 5 y el 20% en un periodo de cinco años de seguimiento. Es decir, si nos atenemos a las cifras más pesimistas significaría que ocho de cada diez agresores sexuales no vuelve a actuar. Nos encontramos, en fin, ante un delito muy grave y que causa un tremendo daño a las víctimas, pero con una tasa de reincidencia inferior a la que la gente, por lo general, cree».
«Todas esas penas vergonzantes de antes, los castigos corporales, son absolutamente contrarias a un Estado de Derecho como el nuestro»
Elena Iñigo
Profesora de Derecho penal en la Universidad de Navarra
Como medida punitiva para delincuentes sexuales, la castración química también es muy polémica porque entra dentro del campo de los castigos corporales, «que son una barrera totalmente infranqueable», alerta Íñigo Corroza. «Todas esas penas vergonzantes de antes, la exposición en la plaza pública, las letras escarlata, los latigazos... son absolutamente contrarias a un Estado de Derecho como los que tenemos ahora mismo», prosigue la profesora. Y por tanto, imponer la castración química también lo sería.
Por ello, se habla siempre la necesidad de que sea algo voluntario. En Cataluña en su día la línea de corte era precisamente ésta, que lo solicitase el propio preso.. Aunque, como explican fuentes del Gobierno vasco, donde la gestión de las cárceles es una materia transferida, hay que dilucidar con mucha claridad el grado de voluntariedad, la ausencia de presiones externas o de obtener beneficios de algún tipo. No es, por tanto, un asunto sencillo. Aplicar la castración química en caso de delitos sexuales no es ninguna garantía, coinciden todos los expertos consultados: «Es un fenómeno multifactorial y la castración una solución reduccionista».
Alemania y Chequia ofrecen también la castración quirúrgica
La castración química es una medida punitiva que, a día de hoy, está permitida en algunos países del mundo. Es el caso de Pakistán, Indonesia y Corea del Sur. En Estados Unidos, también se ha legislado sobre ello y está aprobada en California, desde 1993, Florida, Georgia, Iowa, Oregon, Texas, Wisconsin, Alabama y Luisiana. En este último estado, ahora se plantean dar un paso más y aplicar la castración física, algo que en Nigeria ya está estipulado para los pederastas.
Más cerca de nosotros, en Europa, fue Polonia el primer país en introducir la castración química forzosa para pedófilos en su Código Penal. Después se sumaron a la lista otros estados como Moldavia, Estonia o Rusia. Sin embargo, en la mayoría de países de la UE, la castración química está contemplada solo como una opción voluntaria para los reos.
Hay otros dos donde, además de este tratamiento hormonal, se ofrece también la posibilidad de un proceso quirúrgico. Son República Checa y Alemania, que han recibido varios apercibimientos del Comité Antitortura del Consejo de Europa por ser un procedimiento «invasivo, irreversible y con mutilación».
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