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La Fiscalía ha archivado una segunda denuncia contra Juan Carlos Monedero, fundador de Podemos y profesor universitario en la Universidad Complutense (UCM), esta vez por ... supuesto trato degradante a sus alumnas. El Ministerio Público, tras analizar el expediente disciplinario enviado por la propia UCM, confirma que efectivamente profirió expresiones «inadecuadas, improcedentes, fuera de lugar y reprochables moralmente» a varias alumnas, pero que estos comentarios no fueron lo suficientemente graves como para considerarlos delictivos o constitutivos de acoso moral. El mismo Ministerio Público archivó hace unos días otra denuncia presentada por agresión sexual por una asociación.
Las expresiones «improcedentes» contra las alumnas tuvieron lugar durante una clase del curso académica 2021-22 en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Complutense. Insiste la Fiscalía que esas expresiones no puede ser un delito contra la integridad moral porque esos hechos «no tienen la entidad suficiente para considerarlos como un trato degradante y atentado grave contra la integridad moral de las alumnas».
Recuerda el Ministerio Público que la jurisprudencia requiere que la conducta para ser «declarada grave, además de ser reiterada debe revestir un plus de desvalor, entendiendo este plus como aquel que puede crear en las víctimas sentimientos de terror, de angustia y de inferioridad, susceptibles de humillarles, de envilecerles y de quebrantar, en su caso, su resistencia física o moral, menoscabando gravemente su integridad moral». Pero ese –afirma el escrito de la acusación pública no fue el caso, sobre todo porque esos comentarios despectivos no se repitieron de manera habitual.
Admite el Ministerio Público que las expresiones de Monedero pudieran ser «calificadas como inadecuadas, improcedentes, fuera de lugar y reprochables moralmente«, sobre todo viniendo »de quien se dedica a enseñar y a quien se le exige una cierta responsabilidad social vinculada a transmitir unos valores éticos». Sin embargo, reitera el fiscal, «no todo trato degradante será punible, sino sólo los más lesivos».
«La escasa entidad de los hechos, el marco en que se producen y el tiempo transcurrido no han permitido obtener los elementos precisos para interponer una denuncia por un delito contra la integridad moral», explica la Fiscalía, quien no obstante insiste en sus duras críticas a Monedero. «Ha de señalarse el perjuicio y daño que pueden causar estos comportamientos entre el alumnado», denuncia el escrito.
«Esta situación de vulnerabilidad y de asimetría debe ser conocida por quien tiene la autoridad para restablecer el equilibrio y evitar que se produzcan estas situaciones, cuanto menos desafortunadas, impropias, inadecuadas y gratuitas, las cuales podrían, en su caso, corregirse en vía disciplinaria mediante la continuación de la tramitación del Expediente Disciplinario incoado», señala el Ministerio Público.
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María de Maintenant e Iñigo Fernández de Lucio
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