El emérito
En una democracia del siglo XXI difícilmente se puede asumir que un ciudadano, por muy rey que sea, no esté sujeto a la ley común en sus actos privados
Decía Petrarca que «un bel morir tutta una vita onora», una bella muerte honra toda una vida. Pero funciona también al revés: un mal final ... cubre con su mancha toda la vida anterior, anulando cualquier mérito que pudiera tener. Algo de esto está pasando con el rey emérito, tiene méritos en el pasado, pero de lo que ahora se trata es de los deméritos presentes.
Anda el público revuelto con la regularización fiscal. La regularización, en sí misma, ya conlleva una reprobación social porque es un acto que intenta cubrir otro que no se hizo y tenía obligación hacerse, pero es legal. Tan legal como la regularización en su día del señor Monedero, que fue calificado por Pablo Iglesias como «persona honesta» (por cierto, qué atinado el apellido).
Creo que la gente no se ha enfadado por la regularización del emérito sino porque es una prueba objetiva de su conducta defraudadora. Dicho de otro modo, no me molesta que regularice el uso de donaciones opacas, lo que me molesta, y este acto suyo lo señala con el dedo, es todo lo que le queda por regularizar.
Dice Maquiavelo que a una persona se la debe juzgar por los hechos en sí, sin tener en cuenta los méritos o deméritos del pasado. Creo que todos estamos de acuerdo, aunque no siempre resulte fácil cubrir con ese velo el pasado. El problema surge cuando a una persona no se la puede juzgar. Entonces, ¿qué hacemos? Y este es el problema que genera la inviolabilidad constitucional del rey. La Constitución prohíbe juzgar al rey por sus actos. Con este problema se encontraron los revolucionarios franceses en otoño de 1792. Y el mismo tuvieron las Cortes españolas respecto a Alfonso XIII. Por ello, ninguno fue juzgado por un tribunal sino por la Convención o las Cortes.
La inviolabilidad del rey se sustenta en el hecho de que es un poder constitucional sujeto a otros poderes a los que tiene que obedecer. Cualquier acto público del monarca tiene que tener el plácet del Gobierno, y al revés, el rey está obligado a firmar cualquier decisión del Congreso o decreto del Ejecutivo, aunque esté totalmente en contra. No fue el Rey Felipe VI quien decidió ir a Bolivia en viaje oficial con el vicepresidente segundo. Dicho de otra manera, el rey constitucional no es responsable de sus actos de gobierno.
Un caso especial se dio en Bélgica el año 1990 cuando el Gobierno legalizó el aborto y el rey Balduino se negó a firmarlo. Buscaron la solución en que abdicara, por incapacidad simulada, durante 36 horas. Durante esas horas Bélgica no tuvo rey y el Ejecutivo promulgó su ley.
El problema es que la inviolabilidad constitucional no distingue entre el rey y el ciudadano, pero el rey es, además, un ciudadano que tiene actividad privada. Y en esa actividad privada no está sujeto al control del Gobierno y podría cometer delitos.
Me parece obvio que la Constitución debiera hacer esta distinción reservando la inviolabilidad exclusivamente a actos de gobierno, y amparando los actos privados con las mismas normas que a un diputado o juez del Supremo. En la situación actual de deslegitimación de la institución creo que es urgente promover esta modificación constitucional, de forma que la vieja inviolabilidad se adecúe a la modernidad democrática. En una democracia del siglo XXI difícilmente se puede asumir que un ciudadano, por muy rey que sea, no esté sujeto a la ley común en sus actos privados. Difícilmente podemos asumir que la Constitución ampare con la impunidad a un delincuente privado.
Y no estaría de más que fuera el propio Rey Felipe VI quien apoye de forma expresa esta propuesta para defender una monarquía moderna y plenamente democrática. Que el emérito conserve el título honorífico de rey o no, que viva en un lugar u otro tiene, a estas alturas, poca importancia. Las actuaciones privadas del emérito han puesto en el debate público, con toda su crudeza, no la permanencia de la monarquía pero sí la necesidad de revisar la inviolabilidad constitucional.
Y por mucho que nos moleste, con la legalidad vigente no se puede juzgar al emérito por los delitos que hubiera podido cometer antes de su abdicación. Pero todos sospechamos, con bastante verosimilitud, que las cantidades defraudadas mientras fue rey constitucional fueron mucho más abultadas. ¿Qué pasa con esos fondos, mejor dicho, qué va a pasar? ¿El mero traspaso por herencia va a suponer su lavado automático sin tener en cuenta su origen ilegítimo? Claro que esta pregunta escuece en otros muchos bolsillos. Están la familia de los Franco, de los Pujol y muchos otros. Está bien afirmar que los hijos no deben pagar por los pecados de sus padres, pero no estaría de más pedirles que devuelvan la herencia, fruto de sus robos.
Y el rey emérito, si quiere que su pasado no quede totalmente destruido por sus actos fraudulentos y, de paso, les evita el dilema a sus herederos, tiene la opción de regularizar de forma voluntaria todo lo demás, a sabiendas de que no podrá recibir castigo penal alguno por ello.
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