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SERGIO MARCOS

Pisos vacíos

- Editorial - ·

El aval del Constitucional a la penalización de las viviendas deshabitadas en Euskadi no es la solución a la carencia de alquileres sociales

ELCORREO

Sábado, 6 de octubre 2018, 01:10

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El Tribunal Constitucional ha reconocido la «función social» de la vivienda y establecido unas pautas para hacer compatible este principio con el derecho a la propiedad privada en la sentencia que avala el grueso de la ley sobre el sector aprobada por el Parlamento vasco en 2015. El fallo resuelve un recurso del Gobierno del PP que dejó en suspenso los artículos más polémicos, aporta seguridad jurídica y acota el terreno de juego en el que se pueden desenvolver las instituciones. Al asumir que la finalidad de los pisos es su ocupación, el Constitucional autoriza las penalizaciones previstas para los vacíos de forma «injustificada» durante más de dos años: desde un canon hasta su alquiler forzoso y, en los casos más extremos, la expropiación temporal de su uso. El veredicto zanja el debate jurídico, pero no la controversia social que suscita un asunto tan vidrioso, relacionado con cómo gestionan los ciudadanos su propio patrimonio en el ámbito de su libertad.

Por ello cabe exigir la máxima prudencia tanto al Gobierno vasco como a los ayuntamientos cuando desarrollen primero y apliquen después los aspectos más sensibles de la ley. Resulta esencial determinar con minuciosidad, escrupuloso respeto a los derechos individuales y sentido común qué se entiende por casas deshabitadas, así como los parámetros que medirán si las zonas en las que se ubican tienen o no una «elevada» demanda de pisos protegidos que ampare la intervención de los poderes públicos. La «función social» reconocida a la vivienda no puede derivar ni en una oleada de expropiaciones gratuitas ni en un tratamiento abiertamente desigual a la propiedad privada en función del color político del ayuntamiento de turno. No está de más recordar que la ley fue aprobada con el voto en contra del PNV, que controla la mayoría de los municipios vascos. Es posible que las sanciones previstas en ella movilicen hacia el alquiler pisos ahora desocupados por libre decisión de sus propietarios. Sin embargo, las instituciones no deberían confiar a esta vía la solución a las carencias de vivienda social en Euskadi. Si no pueden satisfacer las demandas de ciudadanos con escasos recursos es porque sus prioridades de gasto han ido en otra dirección en los últimos años. Incluida la adjudicación en propiedad, mediante sorteos, de la inmensa mayoría de las VPO, que bien podría haber destinado al alquiler social; una fórmula que sí permite ajustar la ayuda de las administraciones a la situación económica del beneficiario en cada momento.

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