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El SEPE permitirá cobrar un subsidio de 570 euros a los desempleados con solo tres meses cotizados

El SEPE permitirá cobrar un subsidio de 570 euros a los desempleados con solo tres meses cotizados

La nueva reforma asistencial ha flexibilizado el acceso al subsidio de cotizaciones insuficientes para aquellas personas sin cargas familiares

Lunes, 13 de enero 2025, 20:27

La nueva reforma asistencial del SEPE ha abierto la puerta a que más personas desempleadas accedan al cobro de una ayuda de 570 euros. Una medida que llega a través de un cambio significativo en los requisitos para el conocido como subsidio de cotizaciones insuficientes, una línea de ayudas destinada a aquellas personas sin empleo que no han podido acceder a la prestación contributiva, el conocido paro, cuyo agotamiento es un requisito imprescindible para recibir el subsidio 'convencional'.

Desde que entrase en vigor la nueva normativa el pasado 1 de noviembre, aquellas personas sin responsabilidades familiares tienen mayores facilidades para acceder a la prestación si se compara con los requisitos previos al nuevo Real Decreto. Hasta el pasado 1 de noviembre, el SEPE exigía a los desemplados sin cargas familiares haber cotizado al menos seis meses para acceder a un subsidio por desempleo. Un periodo que descendía a tres meses de cotización para aquellos con responsabilidades familiares. Ahora, el nuevo Real Decreto-ley 2/2024 permite el acceso al subsidio a los parados con tan solo 90 días cotizados, tres meses. Lo hace a través del llamado subsidio de cotizaciones insuficientes.

Se trata de un tipo de subsidio que permite acceder a la ayuda a aquellas personas que no cumplen los requisitos para acceder al subsidio por agotamiento de la prestación contributiva. «Podrás beneficiarte de este subsidio si eres persona desempleada que te encuentras en situación legal de desempleo sin tener cubierto al menos 360 días cotizados para tener derecho a la prestación contributiva, siempre que hayas cotizado al menos 90 días», explica el SEPE. En el caso de tener en los seis meses anteriores varias situaciones legales de desempleo, «se tendrán en cuenta todas las cotizaciones que no hayan sido computadas para el reconocimiento de una prestación contributiva anterior u otro subsidio».

De esta manera, el nuevo baremo indica que si una persona sin cargas familiares ha cotizado entre tres y cuatro meses, podrá recibir la ayuda durante tres meses, a pesar de que no cumpla los requisitos para el subsidio por agotamiento de la prestación. Si el periodo cotizado supera los cuatro, pero no sobrepasa los cinco, serán cuatro meses de ayuda. Y, si se roza el medio año, se queda en cinco. Aquellos que acrediten responsabilidades familiares y superen los seis meses de cotización, podrían optar a la ayuda durante 21 meses.

Las cuantías son idénticas que para el subsidio por agotamiento de la prestación que cobran aquellas personas desempleadas que superan el año cotizado. El aumento del ingreso mensual del subsidio desde el 1 de noviembre responde al porcentaje del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) a aplicar, un baremo fijado en 600 euros y del que se extrae la cuantía correspondiente mediante el cálculo de una proporción. Las cuantías a percibir en el subsidio se dividirán en tres tramos:

-Los 6 primeros meses: los perceptores cobrarán el 95% del IPREM (570 euros, con el IPREM actual).

-Los 6 meses siguientes: el 90% del IPREM (540 euros).

-El resto de tiempo: 80% del IPREM (480 euros).

Esta subida no se aplica al subsidio para mayores de 52 años, que se mantiene en los 480 euros mensuales y la cotización del 125% sobre el SMI.

Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva

En el caso del subidio por agotamiento de la prestación, el destinado a los desempleados que han cotizado más de un año de paro, la nueva normativa calcula la duración de la ayuda en función de los días consumidos del paro y la edad del solicitante. Este es el resumen:

-Las menores de 45 años necesitan haber agotado al menos 360 días de paro para acceder a un subsidio de seis meses.

-Para aquellas personas mayores de 45 años sin cargas familiares, se debe haber consumido al menos 120 días de prestación contributiva para recibir seis meses de subsidio.

-Las personas con responsabilidades familiares, sin importar la edad, tendrán derecho a un subsidio de hasta 24 meses si han consumido al menos 120 días de su correspondiente prestación contributiva. Si han consumido al menos 180 días, el subsidio podrá extenderse hasta los 30 meses.

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