La ayuda del SEPE que pueden cobrar los trabajadores sin hijos que queden en paro
Tienen derecho a un subsidio por desempleo en determinados supuestos, y siempre que no perciban rentas superiores al 75% del SMI
Jorge Murcia
Jueves, 14 de diciembre 2023, 00:24
La prestación por desempleo protege durante un tiempo a aquellas personas que han cotizado al menos 360 días y se han quedado en el paro, bien porque les hayan despedido, o por la finalización de su contrato. Si esa persona lo ha agotado, o no ha cotizado lo suficiente como para tener derecho a cobrarlo, tiene la posibilidad de percibir un subsidio por desempleo.
Se trata de una ayuda gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), cuya duración dependerá del número de días cotizados, y de si la persona tiene o no responsabilidades familiares. La cuantía es similar en todos los casos: el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem). Este año está fijado en 600 euros mensuales, así que el subsidio alcanza los 480 euros.
Requisitos para cobrar la ayuda
El SEPE aclara las circunstancias en las que una persona en paro y sin derecho a una prestación contributiva puede beneficiarse de un subsidio por desempleo, aunque no tenga cargas familiares. En primer lugar, debe pertenecer a alguno de estos colectivos:
-Desempleados mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva.
-Desempleados mayores de 52 años que cumplan todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a una pensión de jubilación.
-Desempleados que han cotizado entre 180 y 359 días.
-Desempleados que hayan sido declarados plenamente capaces, o inválidos parciales, tras la revisión de su pensión de invalidez.
-Personas liberadas de prisión.
-Trabajadores emigrantes retornados.
Además, ha de cumplir estos requisitos:
-Haber cotizado por desempleo como mínimo durante seis meses y menos de 360 días.
-Carecer de rentas individuales mensuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. El SMI mensual está fijado actualmente en 1.080 euros, aunque los agentes sociales están negociando una inminente revalorización.
-Inscribirse como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el periodo de percepción de la ayuda, y no haber rechazado una oferta de empleo adecuada.
Además es obligatorio suscribir el acuerdo de actividad, un pacto por escrito entre los servicios públicos de empleo y el trabajador. Recoge los derechos y obligaciones de ambas partes para incrementar la empleabilidad del parado.
Las personas beneficiarias cobrarán el subsidio durante seis meses. El pago se efectuará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes siguiente al que corresponda el devengo.