Penalizaciones por jubilación anticipada: ¿a quiénes afecta?
El Pacto de Toledo recomienda desincentivar el retiro antes de la edad legal y facilitarlo sólo a los trabajadores con largas carreras de cotización
El Pacto de Toledo cerró el pasado viernes un borrador de texto con una veintena de recomendaciones para la próxima reforma de las pensiones . Las medidas recogidas en el documento -consensuado por todos los grupos parlamentarios y que se votará este martes en comisión- deben servir para garantizar la sostenibilidad del sistema a medio y largo plazo. Entre otras cuestiones, se recomienda acercar la edad de jubilación efectiva a la ordinaria legalmente establecida. Dos son las vías para alcanzar este objetivo: incentivar la «prolongación voluntaria» de la vida laboral y poner trabas al retiro anticipado. Se trata de reservar esta modalidad de jubilación únicamente a los trabajadores con largas carreras de cotización y que quieran acogerse a ella.
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Pese a que para poder jubilarse en este 2020 se necesita cumplir 65 años y haber cotizado a la Seguridad Social durante 37 o más, la edad real a la que se retiran los trabajadores españoles está por debajo de los 65 años. Según los cálculos que maneja el Gobierno, cada año que se aumente la edad efectiva de jubilación supone un ahorro de hasta 1,2 puntos del Producto Interior Bruto (PIB).
Eso sí, quienes deciden abandonar el mercado laboral antes de tiempo ven penalizada su pensión con los llamados coeficientes reductores, cuya cuantía depende del tiempo durante el que se haya cotizado y los años que le quedan al trabajador desde que se jubila hasta que cumple la edad legal ordinaria para poder hacerlo. El Pacto de Toledo pide a la Seguridad Social que analice la situación de los trabajadores con largas carreras de cotización que pierden su empleo y por tanto se ven obligados a jubilarse antes de tiempo.
Este colectivo -cuyos intereses defienden asociaciones como Asjubi40- viene denunciando la «injusticia» que soportan muchos trabajadores que comenzaron a trabajar muy jóvenes y fueron retirados forzosamente antes de tiempo con carreras de cotización superiores a 40 años- Son bastantes más -siete, en concreto- del mínimo que se se requiere actualmente para acceder a una jubilación anticipada involuntaria.
Reducciones de hasta el 30%
Muchas veces estos trabajadores se ven fuera del mercado laboral por causas ajenas a ellos y no tienen más remedio que acogerse a la jubilación anticipada. En estos casos su pensión se ve mermada por coeficientes reductores que van desde el 1,500% trimestral -si ha cotizado 44 años y seis meses o más- al 1,750% de los que tienen carreras de cotización iguales o superiores a los 38 años y seis meses e inferiores a los 41 años y 6 meses. Y si han cotizado por debajo de los 38 años y seis meses el coeficiente es del 1,875%.
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La legislación permite jubilarse de forma anticipada e involuntaria hasta cuatro años antes de la edad establecida por ley. Así, un trabajador con 44 años y seis meses cotizados que se vea obligado a retirarse cuatro años antes de tiempo verá reducida su base reguladora -que sirve para calcular la pensión- en un 24%. En el peor de los casos -menos de 38 años y 6 meses cotizados- la reducción puede alcanzar el 30%.
El Pacto de Toledo pide a los diputados que estudien la situación de estos trabajadores y «a la vista de dicho análisis» el Gobierno proponga una respuesta en el plazo de tres meses.
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