CaixaBank lanza un aviso a sus clientes sobre el dinero en efectivo
El banco recuerda que la cantidad máxima de billetes y monedas que se puede llevar en la calle es de 100.000 euros
jorge murcia
Miércoles, 21 de septiembre 2022, 00:35
Aunque los pagos con tarjeta o a través de la popular aplicación Bizum ganan adeptos día a día, aún son muchas las personas que prefieren manejar dinero en efectivo. Y eso que el uso de monedas y billetes -ya sea para pagar o simplemente cuando se llevan por la calle- conlleva ciertos límites que no conviene traspasar. De lo contrario, podríamos tener serios problemas con Hacienda.
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Es lo que advierte Caixabank en su blog. La entidad financiera explica que, en virtud de la Ley 10/2020, no se pueden llevar más de 100.000 euros en billetes o monedas por la calle. En caso de portar una cantidad superior, la persona deberá tener a mano una declaración firmada que justifique ese movimiento de dinero. En ese documento se ha de especificar la identidad del portador, del propietario, del remitente y del destinatario. Además, debe figurar el importe exacto, su naturaleza, procedencia, uso previsto, itinerario y modo de transportes.
Si el movimiento de efectivo se realiza desde una entidad bancaria -retirada de dinero o depósito- el documento justificativo se puede entregar directamente en el banco. Si se hace por otro medio se deberá presentar ante las oficinas de la Agencia Tributaria o a través de su página web.
En caso de no aportar dicha documentación, de que el portador no la lleve junto al dinero en efectivo, esté incompleta o no sea veraz, la policía podría imponer a la persona que lleva el dinero una multa de entre 600 euros hasta el 50% del valor de los medios de pago empleados -además de billetes y monedas, también se incluyen los cheques al portador o las tarjetas monedero, por ejemplo. Los agentes también podrán retener el dinero hasta que se complete la documentación necesaria o se verifique su validez.
Pagos en efectivo
En este caso la Ley 11/2021 determina que los pagos en efectivo tienen un límite máximo de 1.000 euros. En caso de abonarse una cantidad superior, ha de realizarse en su totalidad mediante transferencia bancaria u otros sistemas, como tarjetas de crédito o aplicaciones informáticas.
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Esto significa que el pago con billetes y monedas no puede fraccionarse con un abono de hasta 1.000 euros en efectivo y con transferencia u otras modalidades aceptadas para importe restante.
La legislación establece que por efectivo no sólo se entiende las monedas y billetes, sino también los medios de pago que no permiten acreditar la identidad del pagador: pagos con oro u otros metales, cheques al portador o cheques de viaje. La ley contempla, en caso de incumplimiento, multas del 25% del dinero pagado en efectivo.
Cambio progresivo de hábitos
En 2020 más del 80% de los españoles usaban el efectivo para sus transacciones, según el Banco Central Europeo (BCE). Sin embargo, el Barómetro de Innovación Financiera (BIF) apuntaba que ya incluso antes de la irrupción del Covid, en España ya se prefería el pago electrónico o digital (el 60%) frente al efectivo (30%).
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Durante el primer confinamiento, en marzo de 2020, esa preferencia por los medios digitales se elevó hasta el 90%, mientras que la tendencia del uso de dinero en efectivo se redujo hasta el 9%.
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