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ana isabel cordobés
Sábado, 24 de diciembre 2022, 00:27
El anteproyecto de ley de familias al que ha dado su visto bueno inicial el Consejo de Ministros introduce una serie de novedades, entre ellas la definición y reconocimiento más precisos de los tipos de familia. Su promotora, la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, está convencida de que, pese a los plazos más que justos, la norma se aprobará antes del fin de la legislatura. En su opinión, la ley es una de las más relevantes de este curso político porque remediará «carencias históricas y reforzará la protección de todas las familias». Una de sus novedades más relevantes es que los asalariados dispondrán de un máximo de nueve días pagados al año para cuidar a sus familiares más directos o a las personas con quien conviven.
1
Formada por dos personas unidas por matrimonio o pareja de hecho y sus descendientes o menores de edad bajo su tutela.
2
Formadas por un solo progenitor y sus descendientes.
3
Igual que la anterior, pero de este colectivo.
4
Formada por menores de 29 años y sus hijos.
5
Familias numerosas y otros supuestos.
6
Incluye descendientes, adopciones o acogimientos múltiples.
7
Formada por miembros que tenían hijos de relaciones anteriores.
8
Todos sus integrantes vienen de otro país.
9
Algún integrante reside fuera del país.
10
Entre personas de entornos culturales o étnicos diferentes.
11
Familia en el exterior. Uno de los miembros tiene la nacionalidad española durante su residencia en otro país.
12
Algún miembro tiene la nacionalidad tras su retorno a España después de residir en el extranjero.
13
En donde confluyen factores económicos o sociales en riesgo de exclusión.
14
Casadas sin hijos.
15
Parejas registradas, pero no casadas.
16
Solteras, viudas, separadas, divorciadas...
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