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Una asesora del SEPE se moja sobre la dificultad de los autónomos para acceder al subsidio de 52 años

La experta en las ayudas del organismo aborda la situación de los trabajadores por cuenta propia

Jueves, 22 de mayo 2025, 13:15

Los autónomos tienen severas dificultades para acceder a las ayudas por desempleo que otorga el Servicio Público de Empleo Estatal. Principalmente, porque bajo el régimen de autónomos no cotizan al desempleo, requisito indispensable para acceder a prestaciones como el subsidio de mayores de 52 años. Los trabajadores por cuenta propia se dan de alta en el Tégimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y el tiempo cotizado es solo para la conocida prestación por cese de actividad, el conocido como paro del autónomo.

Es un grave problema, por ejemplo, para aquellos que echan el cierre a su negocio cuando les queda poco tiempo para alcanzar la edad de jubilación. El SEPE exige haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral. Algo que les impide solicitar una prestación clave para ayudar a aquellas personas cerca de la jubilación para cotizar al 125% del SMI. Un requisito que, en cambio, un asalariado cumple sin mayor problema al trabajar por cuenta ajena.

Sobre esta cuestión se ha mojado en el espacio Madrid Trabaja de Onda Madrid María José Gómez, asesora de la subdirección general de Prestaciones del SEPE, al ser preguntada por una autónoma que cerró su negocio en diciembre de 2023 y agotado ahora el paro de autónoma tras trabajar once años en el régimen general de la Seguridad Social y otros 32 en el de autónomos.

«Los autónomos tienen una situación complicadísima», reconocía la asesora del organismo. Explicaba a la oyente que en su caso necesita estar en situación legal de desempleo y contar con al menos 90 días de cotización pendientes de 'gastar'. Cumple sin problema el número de años cotizados, 15 en total, pero el SEPE también exige tener seis de ellos por desempleo, algo que es solo posible al estar empleado. Sin olvidar, eso sí, cumplir la carencia de rentas, lo que supone no tener ingresos superiores al 75% del SMI (888 euros) al mes

Sobre la posibilidad de introducir una nueva norma que habilite una ayuda similar al subsidio de 52 años para este colectivo, Gómez lo ve «normal». «Llevan muchos años cotizando y no todas las situaciones son cierro esto y cobro el subsidio. Hay gente que de verdad no puede mantener el negocio», explica.

480 euros mensuales

El Servicio Público de Empleo Estatal busca con el subsidio de mayores de 52 años dar una salida a aquellas personas desempleadas en un momento crítico de su vida laboral. En resumen, deben de haberse quedado sin empleo superando esa edad, pero sin haber alcanzado la mínima para jubilarse a pesar de contar todos los requisitos para ello. El problema es que la subida progresiva de esta condición hace que también se vean afectados los perceptores, tal y como ha pasado en 2025 y volverá a suceder en 2026.

Es necesario que el solicitante tenga 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los últimos quince años, y haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral. Otro de los principales requisitos es no percibir ingresos por encima del 75% del salario mínimo al mes, sin tener en cuenta las pagas extras. El solicitante debe de haber agotado el paro o el subsidio ordinario por agotamiento de prestación y permanecer dado de alta en todo momento como demandante de empleo.

La ayuda se encuentra fijada actualmente en los 480 euros (80% del IPREM), un ingreso que se prolonga hasta que el perceptor pueda jubilarse, siempre y cuando no supere el máximo de ingresos permitido, que se sitúan en 888 euros mensuales con la última subida del SMI. La principal diferencia con subsidio por agotamiento de la prestación contributiva o el de cotizaciones insuficientes es que, en este caso, el SEPE aporta a la base de cotización por jubilación el 125% sobre el Salario Mínimo Interprofesional.

También sus beneficiarios tienen la obligación de presentar el DAR (Declaración Anual de Rentas) ante el SEPE cuando se cumpla un año desde la aprobación o la última ampliación concedida.

Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años

-Agotar el paro o acreditar una situación legal de desempleo con al menos 90 días de cotización.

-No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.

-Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio

-Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.

-Tener 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años.

-Haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral.

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