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Un abogado avisa del detalle crucial si viajas al extranjero cobrando el subsidio del SEPE: «Puedes perderlo»

El organismo establece ciertas exigencias para los perceptores del paro u otras prestaciones

G. Cuesta

Viernes, 5 de septiembre 2025, 20:20

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La posibilidad de realizar viajes es uno de los aspectos que más duda genera entre los perceptores de las prestaciones SEPE. Por ello, un popular abogado laboralista en redes sociales, donde se da a conocer con su cuenta 'Un tío legal', desgranaba en sus canales los detalles de cada situación para disolver cualquier tipo de incertidumbre.

El experto ha puesto encima de la mesa los diferentes escenario para explicar cómo actuar en cada caso y así evitar la suspensión o la extinción del paro o subsidio. «Sí se puede viajar fuera de España cobrando el paro, aunque hay ciertos límites que debes conocer porque puedes dejar de cobrar el paro, seguir cobrándolo o incluso perderlo», comienza.

Hay que tener en cuenta que no es lo mismo viajar o no al extranjero. También influye la duración de la estancia en los casos en los que se esté fuera de España. Recientemente, el SEPE ha ampliado de 15 a 30 días al año el periodo máximo por el que los perceptores pueden viajar al extranjero sin ver peligrar la ayuda para los casos que no sean por motivos laborales, como pueden ser las vacaciones. Es recomendable avisar al organismo del «día de la entrada y salida» para así no llevarse sustos, ya que de esta forma no serás citado para algunas de las actividades u obligaciones presenciales que conllevan las prestaciones.

El día que sales de España o el día que regresas, no son días de estancia en el extranjero como tal, aunque sean de traslado. No se incluye el día de salida ni el de regreso dentro de los 30 días de estancia en extranjero, aunque no estés completamente disponible esos dos días para cumplir con el acuerdo de actividad», aclara el organismo.

En el caso de que la salida sea superior a 30 días, pero inferior a 90, cabe la posibilidad de suspender la prestación y reanudarla al volver a España. «El paro se suspende obligatoriamente y cuando vuelves solo puedes retomarlo si han sido por motivos de formación o búsqueda de empleo activa que son programas recogidos por el propio SEPE», avisa este abogado.

Si la estancia fuera de España supera el año de duración, se pierde la prestación. «En resumen, puedes salir de España y si no cumples uno de estos requisitos, lo que va a hacer el SEPE cuando se entere es reclamártelo y vas a tener que devolverle el dinero», advierte este profesional.

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